Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA

Núm. 12748
Divorcio contencioso 0000379/2011 Sobre otras materias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

“.S E N T E N C I A.

En Ibiza a veintiocho de febrero de dos mil trece.-Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los presentes autos de Divorcio Contencioso 379/2.011, sobre divorcio contencioso, seguidos a instancias de RAFAEL EGUZQUIZA MAJUELOS, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Viñas Bastida con asistencia Letrada a cargo del Letrado Sra. Cristina Tur Sanz contra ANTONIA LARA MOLINA, declarada en situación de rebeldía procesal, vengo a resolver sobre la base de los siguientes.- ANTECEDENTES DE HECHO.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.

FALLO.

ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Viñas Bastida en nombre y representación de RAFAEL EGUZQUIZA MAJUELOS, contra ANTONIA LARA MOLINA y, en consecuencia, declaro el divorcio del matrimonio integrado por el actor y la demandada, con los efectos inherentes a dicha declaración, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto por el art. 455 LEC, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los artículos 458 y ss. LEC, previa consignación del depósito preceptivo para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.”

Y como consecuencia del ignorado paradero de Dña. ANTONIA LARA MOLINA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

IBIZA/EIVISSA a veinticuatro de Junio de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICAL