Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 12608
Juicio de faltas inmediato Nº 0000007/2013
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a WILSON PIEDRA CHISAGUADO la sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a WILSON PIEDRA CHISAGUADO, como autor responsable de una falta de hurto a la pena de multa de treinta días a razón e 6 euros diarios, a que indemnice en concepto de responsabilidad civil al representante legal del establecimiento REEBOK en el importe de las prendas sustraidas, debiéndose descontar del total de la indemnización el polo blanco con rayas azules y naranjas que fue devuelto por el Sr. Wilson; y al pago de las costas.
En caso de impago de la multa se impondrá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
En PALMA DE MALLORCA a 19 de Junio de 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL