Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 19 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 12375
Juicio verbal 0000555/2012 Sobre otras materias
D./Dª. MONTSERRAT PALOMER BOU, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 19 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento JVB NUM 555/2012 seguido a instancia de JUAN FRANCISCO HENARES REYES frente a MARIO VIARISIO se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
‘SENTENCIA nº 112 / 13
En Palma de Mallorca, a 13 de Junio de 2.013.
Vistos por mí, Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada- Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Palma, los autos de juicio verbal registrados con nº 555/ 2.012, siendo demandante D. Juan Francisco Henares Reyes, representado por el Procurador de los Tribunales Dª María Borrás Sansaloni, y asistido por la letrado D. Iñigo Casasayas Talens, y demandado /a D. Mario Viarisio, en situación procesal de rebeldía.
FALLO
QUE ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por D. Juan Francisco Henares Reyes, representado por el Procurador de los Tribunales Dª María Borrás Sansaloni, debo condenar al demandado a realizar a su costa las obras de reparación precisas con el fin de eliminar la avería origen de las filtraciones y que causan daños a las instalaciones del demandante, con el expreso apercibimiento de que si así no se hiciera en el plazo de un mes se hará a su costa. Asimismo, se condena al demandado a pagar al demandante la cantidad de cuatrocientos ochenta y seis con setenta y cinco Euros (486,75 E).
Notifíquese a las partes y háganles saber que contra la presente Sentencia no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdo, mando y firmo, Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada- Juez Titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 19 de Palma de Mallorca.’.
Y encontrándose dicho demandado, MARIO VIARISIO, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a trece de Junio de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL