Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 13064
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de julio de 2013 de separación y de designación de un vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares en representación del Consejo Insular de Ibiza
El artículo 30 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, establece la composición del consejo de administración de las autoridades portuarias y dispone que en el caso de las Illes Balears, cada consejo tendrá un representante. Corresponde al Consejo de Gobierno la designación y la separación de los vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, a propuesta de las organizaciones, los organismos y las entidades que estos vocales representen.
Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de octubre de 2011, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 153, de 8 de octubre, se designó, entre otros, a la señora Marienna Sánchez-Jáuregui representante del Consejo Insular de Ibiza.
En el escrito remitido por el Consejo Insular de Ibiza en fecha 24 de junio de 2013 se pone de manifiesto la necesidad de modificar dicha representación y se propone el nombramiento de la señora Pilar Marí Torres como representante del Consejo Insular de Ibiza en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del vicepresidente y consejero de Presidencia, en su sesión de 5 de julio de 2013 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
“Primero. Disponer la separación de la señora Marienna Sánchez-Jáuregui como vocal representante del Consejo Insular de Ibiza en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Segundo. Designar a la señora Pilar Marí Torres vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares en representación del Consejo Insular de Ibiza.
Tercero. Notificar este acuerdo a la Autoridad Portuaria de Baleares, así como a las personas interesadas.
Cuarto. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 5 de julio de 2013
El secretario del Consejo de Gobierno
(por suplencia art. 3.2 del Decreto 5/2013, de 2 de mayo,
del presidente de les Illes Balears)
Joaquín García Martínez