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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 12917
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, Presidenta del SOIB, de 27 de junio de 2013, por la cual se amplía el crédito asignado a la Resolución de la Consejera de Turismo y Trabajo, Presidenta del SOIB, de 16 de mayo de 2011, por la cual se abren las convocatorias por la presentación de solicitudes de subvenciones con el objeto de financiar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadoras y trabajadores parados, y por la presentación de solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trate de personas con discapacitado paradas y de ayudas a la conciliación, para el periodo 2011-2012 (BOIB núm. 73, de 19 de mayo)

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Texto

Mediante la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo, Presidenta del SOIB, de 16 de mayo de 2011, se abren las convocatorias por la presentación de solicitudes de subvenciones con el objeto de financiar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadoras y trabajadores parados, y por la presentación de solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trate de personas con discapacitado paradas y de ayudas a la conciliación, para el periodo 2011-2012 (BOIB núm. 73, de 19 de mayo), modificada mediante Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del SOIB, de 13 de octubre 2011 (BOIB núm. 159, de 22 de octubre), y mediante Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del SOIB, de 20 de abril de 2012 (BOIB núm. 69, de 15 de mayo).

De acuerdo con el anexo II de la Resolución de convocatoria mencionada, las personas desocupadas participantes en las acciones de formación profesional para la ocupación pueden disfrutar de ayudas de transporte, manutención y alojamiento, así como también de becas, cuando se trate de personas con discapacitado desocupadas, y ayudas de conciliación regulados a los artículos 25, 26 y 27 del Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, de acuerdo con aquello que dispone el Anexo II.

De acuerdo con el dispositivo 4º b) del anexo I de la Resolución de convocatoria mencionada, el crédito asignado inicialmente para la concesión de las ayudas y becas para el año 2012 es de 250.000,00 euros.

Sin embargo, el importe total de las ayudas solicitadas, supera la cantidad inicialmente presupuestada para el ejercicio 2012, anteriormente mencionada, por lo cual, se considera necesario ampliar el importe en cuatrocientos mil euros (400.000,00 €).

Con esta ampliación el crédito total asignado a la concesión de las ayudas y becas por esta convocatoria es de seiscientos cincuenta mil euros (650.000,00 €) y el crédito total asignado a la misma es de ocho millones seiscientos cincuenta mil euros (8.650.000,00 €).

La Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB), modificada por la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2010, prevé que la finalidad del SOIB es la planificación, la gestión y la coordinación de las políticas de ocupación, con funciones concretas de información, de orientación y de intermediación en el mercado laboral, como también el fomento de la ocupación en todas sus vertientes y el desarrollo de la formación profesional para la ocupación.

El Decreto ley 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000, dispone que este Servicio queda adscrito a la consejería competente en materia de educación.

Dado que el Decreto legislativo 2/2005, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, en el artículo 15.2.b) establece que el acto de la convocatoria tiene que contener el importe máximo que se destina a la convocatoria y los créditos presupuestarios a los cuales se imputa.

La ampliación de crédito es conforme con el Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo (BOE núm. 67, de 18 de marzo), que despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, con el establecimiento de las bases reguladoras para conceder subvenciones públicas destinadas a la financiación de la formación.

Por todo esto, dicto la siguiente,

 

 

Resolución

Primero. Ampliar en cuatrocientos mil euros (400.000,00 €) el crédito asignado a la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo, Presidenta del SOIB, de 16 de mayo de 2011, por la cual se abren las convocatorias por la presentación de solicitudes de subvenciones con el objeto de financiar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadoras y trabajadores parados, y por la presentación de solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trate de personas con discapacitado paradas y de ayudas a la conciliación, para el periodo 2011-2012 (BOIB núm. 73, de 19 de mayo), con cargo a las partidas presupuestarias vigentes que a continuación se indican:

- 76101.322D03.48033.00.19205........................ 320.000,00 €

- 76101.322D03.48037.00.19205........................ 40.000,00 €

- 76101.322D03.48047.00.19205........................ 40.000,00 €

Segundo. Con esta ampliación el crédito total asignado a la concesión de las ayudas y becas por esta convocatoria es de seiscientos cincuenta mil euros (650.000,00 €) y el crédito total asignado a la misma es de ocho millones seiscientos cincuenta mil euros (8.650.000,00 €).

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que empezará a tener efectos el día siguiente de haberse publicado.

 

Palma, 27 de junio de 2013

La Consejera de Educación, Cultura y Universidades,Presidenta del SOIB
Por delegación de competencia
(Resolución de 18 de junio de 2013, BOIB núm. 90 de 27 de junio)

La directora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares
Francisca Ramis Pons