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AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 12830
Notificación expediente 88AG12
Por no haberse podido efectuar la notificación en el domicilio que figura en el expediente 88/AG/12, se pone en conocimiento del Sr. Barralet la comunicación de fecha 13 de diciembre de 2012, a la que se adjuntaba la resolución de Alcaldía que a continuación se transcribe:
Le comunico que la Alcaldía Presidencia con esta misma fecha ha resuelto lo siguiente:
DECRETO DE ALCALDIA NUM. 296 DE DATA CINCO DE ABRIL DE DOS MIL TRECE.
Visto el expediente incoado para la protección de la legalidad urbanística por razón de las obras realizadas sin la preceptiva licencia municipal de obras por Sr. Adrian John Barralet para construcción de balcones en la parte posterior de la edificación en la C/ Bon Any, 4 1er B del Termino Municipal de Sóller, de acuerdo con el artículo 73 de la Ley 10/90, de Disciplina Urbanística.
CONSIDERANDO de acuerdo con los informes técnicos y jurídicos adjuntos al expediente ha quedado acreditada la realización de las obras mencionadas.
CONSIDERANDO que corresponde a la Alcaldía la competencia para restaurar la situación ilegal, de acuerdo con la mencionada Ley de Disciplina Urbanística y con el artículo 21.1, n) de la Ley de Bases del Régimen Local 7/1985 de 2 de abril.
VISTOS los artículos expresados y el 93 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el resto de general aplicación.
VISTO que no ha habido alegaciones.
Esta Alcaldía por Decreto número. 296/13 RESUELVE:
Primer.- Elevar la propuesta de acuerdo a definitiva disponiendo según el artículo 66.1 de la 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística, la demolición de las obras realizadas por el Sr. Adrian John Barralet situadas en la Calle Bon Any, 4 1er B de Sóller de acuerdo con los informes emitidos por los Servicios Técnicos y la Asesoría Jurídica .
Segon.- CONCEDER un plazo de SEIS MESES para que proceda a su demolición, recordándose que de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística. Apercebir al promotor Sr. Adrian John Barralet de que transcurrido el plazo sin haber procedido a la demolición, se iniciará a su costa ejecución subsidiaria bajo la dirección de los servicios técnicos del Ayuntamiento, previos los tramites previstos en el articulo 70 de la L.D.U.
Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.
El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes des de su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior , se puede ejercitar, si es el caso , cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Sóller, 26 de abril de 2013
El Alcalde
Carlos Simarro Vicens