Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 12791
Resolución de la Consejera de Administraciones Públicas por la que se nombran funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala de Secretaría, categoría superior
Hechos
1. El 4 de septiembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 130 la Resolución del Consejero de Administraciones Públicas por la que se convocan unas pruebas selectivas para cubrir dos plazas vacantes de la escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría, categoría superior, correspondientes a la oferta de empleo público del año 2008 de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
2. En fecha 30 de mayo de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 76 la Resolución de la consejera de Administraciones Públicas por la que se hace pública la lista definitiva de personas aprobadas en las pruebas mencionadas, y otorga un plazo de veinte días naturales para presentar la documentación que se requiere, de acuerdo con la base 9 de la Resolución de la convocatoria.
3. Los opositores aprobados, el señor (datos personales ocultos), y el señor (datos personales ocultos), presentaron los documentos en tiempo y en forma.
4. Una vez finalizado el proceso de selección, la Consejera de Administraciones Públicas efectuará, de acuerdo con la base 10 de la convocatoria, el nombramiento de los aspirantes que han superado las pruebas de acceso como funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría, categoría superior.
5. El director general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios ha emitido la Propuesta de resolución de 20 de mayo de 2013.
Fundamentos de derecho
1. El punto 4 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, dispone que es competencia de las comunidades autónomas la selección y el nombramiento de los funcionarios con habilitación de carácter estatal.
2. El artículo 9 a del Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, atribuye el ejercicio de la competencia en materia de funcionarios con habilitación de carácter estatal a la Consejería de Administraciones Públicas, mediante la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Nombrar al señor (datos personales ocultos), y al señor (datos personales ocultos), funcionarios con habilitación de carácter estatal, de la subescala de secretaría, categoría superior, por haber superado las pruebas de acceso convocadas por la Resolución del Consejero de Administraciones Públicas de 26 de julio de 2012, con una puntuación final de 31,90 puntos y 30,40 puntos, respectivamente.
2. Enviar los datos de los funcionarios nombrados al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para que acredite la habilitación estatal obtenida y su inscripción en el registro correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 4 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente que se haya publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción.
Marratxí, 20 de mayo de 2013
La Consejera
María Nuria Riera Martos