Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MAÓ
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE MAÓ
Núm. 8833
Modicicación de Medidas Supuesto Contencioso 35/2013
D./Dª. EVA MARIA NIETO LUGRÍS, Secretario/a Judicial, delJDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de MAÓ, por el presente,
A N U N C I O :
En el presente procedimiento seguido a instancia de ISMAEL FERNANDO GARRIDO PRIETO frente a JOSEFA MARTINEZ GARCIA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda presentada por la Procuradora Sra. Jusué, en nombre y representación de D. Ismael Fernando Garrido Prieto contra Dª. Josefa Martínez García en el sentido de acceder a la modificación de la sentencia de medidas paternofiliales de 1-06-09, autos nº 359/09 en el aspecto siguiente: Se priva a la demandada de la patria potestad sobre su hija Lola, con suspensión del régimen de visitas vigente.
No se hace especial declaración en materia de costas.
Frente a esta resolución cabe recurso de apelación ante la A.P. de Baleares en los veinte días siguientes a su notificación.
Firme que sea la misma, líbrese exhorto al Registro Civil correspondiente para inscribir esta privación de la patria potestad.
Así, por esta mi Sentencia, juzgando definitivamente en Primera Instancia, y de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, incluyéndose la original en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo, D. Carlos Javier García Diez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Mahón.
PUBLICACION.- La anterior sentencia ha sido firmada, leída y publicada por el mismo Juez que la dictó, hallándose celebrando audiencia en el día de la fecha. Doy fe.-
DILIGENCIA.- Seguidamente se lleva testimonio a los autos de su razón, archivándose el original en el libro de registro correspondiente. Doy fe.-
Y encontrándose dicho demandado, JOSEFA MARTINEZ GARCIA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
MAÓ a ocho de Mayo de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,