Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 12737
Supresión de efectos de los acuerdos y resoluciones adoptadas en relación al concurso oposición para proveer una plaza de inspector de la Policía Local por el sistema de promoción interna y externa
Mediante el presente anuncio se hace público a los efectos oportunos, que en sesión extraordinaria celebrada en fecha 28 de junio de 2013, la Junta de Gobierno ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:
Supresión de efectos de los acuerdos y resoluciones adoptadas en relación al concurso oposición para proveer una plaza de inspector de la Policía Local por el sistema de promoción interna y externa
"En sesión ordinaria celebrada en fecha 10 de enero de 2013 la Junta de Gobierno acordó la convocatoria y aprobación de las bases específicas del concurso oposición para proveer una plaza de inspector de la Policía Local por el sistema de promoción interna y externa.
En sesión extraordinaria celebrada en fecha 18 de febrero de 2013 la Junta de Gobierno acordó la corrección de error existente en la base n. 10 de las mencionadas bases específicas y, a partir de ahí, la convocatoria y la aprobación de las bases específicas del concurso oposición para proveer una plaza de inspector de la Policía Local por el sistema de promoción interna y externa.
Una vez iniciado el proceso selectivo en cuestión, con motivo de la presentación de recurso de reposición presentado por el Sr. Guillem Mesquida Melis, aspirante excluido del proceso selectivo en cuestión, contra el decreto de Alcaldía 2013/127 sobre aprobación de la lista de admitidos y excluidos del referido proceso selectivo (recurso asimismo desestimado mediante decreto de Alcaldía 2013/168 de fecha 14 de junio de 2013), se ha detectado que se había procedido a la convocatoria del referido concurso oposición para proveer una plaza de inspector de la Policía Local por el sistema de promoción interna y externa sin la previa aprobación y publicación de la correspondiente oferta de empleo público del Ayuntamiento de Sant Llorenç.
Por todo ello, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:
1. Dejar sin efecto los siguientes acuerdos:
- Convocatoria y aprobación de las bases específicas del concurso oposición para proveer una plaza de inspector de la Policía Local por el sistema de promoción interna y externa acordada por la Junta de Gobierno en sesión ordinaria de fecha 10 de enero de 2013.
- Corrección de error existente en la base n. 10 de las mencionadas bases específicas, convocatoria y aprobación de las bases específicas del concurso oposición para proveer una plaza de inspector de la Policía Local por el sistema de promoción interna y externa acordados por la Junta de Gobierno en sesión extraordinaria celebrada en fecha 18 de febrero de 2013.
- Todas las sucesivas resoluciones que integran el procedimiento selectivo de referencia, sin perjuicio de la posibilidad de poder iniciar un nuevo procedimiento selectivo independiente.
2. Notificar el presente acuerdo a los interesados.
3. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la página web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sant Llorenç.
Sant Llorenç des Cardassar, 28 de junio de 2013
El Alcalde
Mateu Puigròs Sureda
Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer alternativamente los siguientes recursos:
a) El recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que ha dictado el acto.
b) Directamente, el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la recepción de esta notificación o de la publicación del edicto, ante los Juzgados Contencioso Administrativo de Palma.
Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se puede presentar recurso contencioso administrativo hasta que se resuelva ese expresamente o se haya producido su desestimación por silencio, que se producirá por el transcurso de un mes desde la presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado. En este caso, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio de otros recursos o acciones que se consideren adecuadas.