Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12483
Juicio de faltas Nº 0000383/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica la sentencia recaida en autos a NICOLAS FEDERICO IRIGOIN MARTINEZ, el cual se halla en ignorado paradero y que es del tenor siguiente:

JDO. INSTRUCCION N. 10.-PALMA DE MALLORCA.

SENTENCIA: 00508/2012.

JUZGADO INSTRUCCIÓN.-NUMERO DIEZ.-PALMA DE MALLORCA .

Procedimiento: JUICIO DE FALTAS 383 /2012 .

S E N T E N C I A  NUMERO 434/12.

En PALMA DE MALLORCA a cinco de Octubre de dos mil doce.-

D./Dña.  MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 383 /2012, seguida por una  falta de ESTAFA  contra NICOLAS FEDERICO IRIGOIN MARTINEZ  habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal .-

F A L L O.

QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a NICOLAS FEDERICO IRIGOIN MARTINEZ , como autor responsable de una falta de ESTAFA , a la pena de CUARENTA Y CINCO DIAS MULTA con una cuota diaria de 6 euros y un día de privación de libertad por cada dos cuotas diaria impagadas y que en concepto de indemnización abone a ALMARSA ESTACIONES DE SERVICIOS S.L la suma de 70,03 Euros por la gasolina suministrada y no abonada ; y al pago de las costas.-La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.-

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a NICOLAS FEDERICO IRIGOIN MARTINEZ, expido el presente edicto en Palma de Mallorca a 14 de Junio de 2013-

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL