Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 12418
Seguridad Social 184/2011
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000184 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CAROLINA CHANG SOLE contra la empresaSERVIMARTILLO , sobre SEGURIDAD SOCIAL, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
A U T O DE ACLARACION
Magistrado/a-Juez
Sr/Sra. D/Dª. JUAN GABRIEL ALVAREZ RODRIGUEZ
En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Junio de dos mil trece.
HECHOS
PRIMERO.- Que en fecha 11-06-2013 tuvo entrada escrito presentado por MUTUA BALEAR, solicitando se aclare la sentencia de fecha 2-04-2012 recaída en los presentes autos registrada con el número 122/2012, en el sentido que se expresa en dicho escrito.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
UNICO.- De conformidad con el artículo 267.2 de la L.O.P.J., que autoriza la corrección de errores materiales manifiestos, aritméticos u omisiones, que puedan contener las sentencias y autos definitivos, pudiendo ser rectificados en cualquier momento, es por lo que se ha producido un error de omisión en el fallo de la sentencia, debiendo constar que procede declarar la responsabilidad subsidiaria del INSS.
PARTE DISPOSITIVA
Ha lugar a la aclaración solicitada, en consecuencia en el fallo de la sentencia donde dice:
“Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida porDOÑA CAROLINA CHANG SOLE, frente al INSS, MUTUA BALEAR, MATEPSS Nº 153 ySERVIMARTILLO, S.A., sobre PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL, debo condenar y condeno a la empresa SERVIMARTILLO, S.A. a abonar a la actora la cantidad de 1.181,54 €, en concepto de prestaciones de IT derivadas de accidente de trabajo correspondientes al mes de mayo de 2010, con adelanto de la Mutua demandada , sin perjuicio de su facultad de repetición contra la empresa demandada.”
Debe decir:
“Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida porDOÑA CAROLINA CHANG SOLE, frente al INSS, MUTUA BALEAR, MATEPSS Nº 153 ySERVIMARTILLO, S.A., sobre PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL, debo condenar y condeno a la empresa SERVIMARTILLO, S.A. a abonar a la actora la cantidad de 1.181,54 €, en concepto de prestaciones de IT derivadas de accidente de trabajo correspondientes al mes de mayo de 2010, con adelanto de la Mutua demandada , sin perjuicio de su facultad de repetición contra la empresa demandada, y de lo que se trata de un supuesto de responsabilidad de la empresa demandada procede declarar asímismo, la responsabilidad subsidiaria del INSS para el supuesto de insolvencia de la principal condenada, condenando a la entidad gestora subsidiariamente al pago de la cantidad en su caso adelantada por la mutua”.
Notifíquese esta resolución a las partes interesadas, haciéndoles saber que contra la presente resolución, cabe recurso de suplicación.
Así lo acuerda, manda y firma D. JUAN GABRIEL ALVAREZ RODRIGUEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca; doy fe.
E/.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SERVIMARTILLO SA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Les Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Junio de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL