Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA
Núm. 10407
Verbal desahucio falta pago 0001330/2009 Sobre otras materias
En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA.
En Ibiza, a veintitrés de mayo de dos mil trece.
Vistos por mí, SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los precedentes autos de reclamación de cantidad, substanciados por los trámites del JUICIO VERBAL, registrados con el número 1330 del año 2.009, seguidos a instancia de ANTONIO FERRER DIAZ, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Tur Pereyro y asistido del Letrado Sra. Pilar Torres Juan, contra RAUL GONZÁLEZ ESCOBAR, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Pérez Sánchez, con asistencia Letrada a cargo del Sr. Francisco Planells Costa, y contra IRAITZ RODRIGUEZ PASCUAL, declarada en situación procesal de rebeldía; vengo a resolver con base en los siguientes:
FALLO.
QUE ESTIMANDO LA DEMANDA formulada por el Procurador de los Tribunales Sra. Tur Pereyro, en nombre y representación de ANTONIO FERRER DIAZ contra RAUL GONZÁLEZ ESCOBAR y IRAITZ RODRÍGUEZ PASCUAL, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada a satisfacer solidariamente a la parte actora, firme que sea la presente resolución, la suma de TRES MIL CUARENTA Y OCHO CON DIECINUEVE EUROS (3.048’19 euros), correspondientes al principal reclamado, más los intereses legales correspondientes, todo ello con condena en costas a la parte demandada.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los artículos 458 y ss. LEC, previa consignación del depósito preceptivo para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó, celebrando audiencia pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
Y, para que sirva de notificación y citación a los herederos desconocidos de Dña. IRAITZ RODRIGUEZ PASCUAL se expide la presente en IBIZA/EIVISSA a veinticuatro de Mayo de dos mil trece.
LA SECRETARIA