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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 12361
Notificación por edictos a los efectos del artículo 59,5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al Sr. Erwin Woos, del acuerdo de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de día 16 de abril de 2013 (expt. 89/13)

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Texto

Notificación por edictos a los efectos del artículo 59,5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al Sr. Erwin Woos, del acuerdo de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de día 16 de abril de 2013 (expt. 89/13)

De conformidad con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede mediante esta publicación a la formal notificación por edictos al Sr. Erwin Woos del siguiente acuerdo:

En la sesión del día 16 de abril de 2013 la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, acordó, entre otros, lo siguiente:

"

Nº. de orden:        B.2

Expediente:           89/13

Interesado:            AYUNTAMIENTO DE SINEU

Promotor:             WOOS ERWIN

Objeto:                  LEGALIZACIÓN DE REFORMA DE VIVIENDA

Emplazamiento:    C/ DEL HOSPITAL, 9

Municipio:            SINEU

Autorizar la documentación presentada de conformidad con lo establecido en los art. 26, 37.2, 40 y 41 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares."

Sin perjuicio que este proyecto se ajuste a las normas dictadas en materia urbanística.

El traslado de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del Acta.

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el RECURSO DE ALZADA ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, dentro de un plazo de UN MES, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el juzgado contencioso administrativo de Palma en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante a lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Palma,24 de junio de 2013

 

La secretaría delegada de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico

Serafina Munar Gregorio