Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12108
Juicio de faltas 1141/12

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./DÑA.  MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 008 DE PALMA DE MALLORCA

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas 1141/12 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

S E N T E N C I A  45/2013   

En Palma, a catorce de febrero de dos mil trece

Vistos por mí, D. TOMÁS MÉNDEZ LÓPEZ, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de Instrucción nº 8 de los de Palma y su Partido, los autos del JUICIO DE FALTAS nº 1141/2012, seguidos por la presunta comisión de una falta de LESIONES, siendo denunciante, FRANCISCO JAVIER SANTOS REGALADO, y denunciado, DANIEL FEBLES MOTAS, habiendo intervenido el Ministerio Fiscal como acusación, y en su representación Dña. Concepción Gómez, procedo a dictar la presente resolución, basándome en los siguientes:

FALLO

Debo CONDENAR y CONDENO a DANIEL FEBLES MOTAS como autor responsable de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de 30 días de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros (180 euros), con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, previa excusión de sus bienes, y a que indemnice  a Francisco Javier Santos Regalado en la suma de 150 euros por las lesiones causadas; con expresa imposición de costas.

Notifíquese a las partes esta Sentencia, haciéndoles saber que contra la misma, cabe Recurso de Apelación a interponer, en su caso, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, y que se formalizará y substanciará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Líbrese testimonio de la presente resolución para unir a las actuaciones, incorporando el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a  DANIEL FEBLES MOTA, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 11 de junio de 2013.

EL/LA SECRETARIO