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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 12352
Delegación competencias expedientes sancionadores en materia de limpieza viaria

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Texto

 

En fecha 24 de junio de 2013, el Alcalde D. Antoni Reus Darder, ha dictado la resolución que a continuación se transcribe:

 

“DECRETO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EXPEDIENTES SANCIONADORES EN MATERIA DE LIMPIEZA VIARIA

 

El Pleno del Ayuntamiento , reunido en sesión ordinaria del pasado día 26 de marzo de 2013, acordó nombrar Alcalde del Ayuntamiento de Santa Margalida a D. Antoni Reus Darder. habiendo tomado posesión del cargo en el mismo acto plenario.

 

El entonces Primer Teniente de Alcalde y Regidor de Urbanismo, D. Antoni Reus Darder, había sido designado instructor de los siguientes expedientes sancionadores incoados por presuntas infracciones administrativas en materia de limpieza viaria:

 

NÚM. EXPEDIENT

NOMBRE

D.N.I.

1/2012

S.R.M.

74419775-D

2/2012

J.O.C.

43179351-W

3/2012

A.K.C.

X-2118181-Z

4/2012

A.S.G.

41387835-W

5/2012

F.A.O.

37334797-R

6/2012

M.G.V.

X7773780-X

7/2012

M.R.C.

X-5137029-W

8/2012

C.M.P.

42987849-R

9/2012

C.L.C.

43005261-E

10/2012

V.A.B.A.

42970764-W

 

De acuerdo con el artículo 5 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero y 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el órgano competente para resolver el procedimiento es el Alcalde.

 

En consecuencia, nos encontramos que la misma persona a quien corresponde la instrucción de los procedimientos es la competente para dictar la resolución de los mismos.

 

La garantía de separación de la fase instructora y de la sancionadora establecida en el artículo 134.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se traduce en la necesidad de que la instrucción del procedimiento y la resolución del mismo recaiga en personas distintas.

 

Visto que el arte. 13 de la Ley 30/1992 y el artículo 43 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales permite la delegación de competencias atribuidas a esta alcaldía y atendida la circunstancia antes mencionada, RESUELVO

 

PRIMERO.- Delegar a la primera teniente de Alcalde, Doña. Beatriu Gamundí Molina, las competencias propias de alcaldía relativas a los Expedientes Sancionadores que a continuación se relacionan, pudiendo dictar la resolución del procedimiento, actos administrativos que afectan a terceros así como resolver los recursos administrativos.

 

NÚM. EXPEDIENT

NOMBRE

D.N.I.

1/2012

S.R.M.

74419775-D

2/2012

J.O.C.

43179351-W

3/2012

A.K.C.

X-2118181-Z

4/2012

A.S.G.

41387835-W

5/2012

F.A.O.

37334797-R

6/2012

M.G.V.

X7773780-X

7/2012

M.R.C.

X-5137029-W

8/2012

C.M.P.

42987849-R

9/2012

C.L.C.

43005261-E

10/2012

V.A.B.A.

42970764-W

 

SEGUNDO.- Publicar la presente delegación en el BOIB en conformidad con lo que dispone el art. 13.3 de la Ley 30/1992 de RJAPAC.

 

TERCERO.- Notificar, con independencia de su publicación en el BOIB, la presente resolución individualmente al interesado indicando los recursos que sean pertinentes.”

 

Contra la presente resolución se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación. Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o reclamación que se considere conveniente interponer.

 

Santa Margalida, 24 de junio de 2013

 

El Alcalde,

Antoni Reus Darder