Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Núm. 12306
Corrección de errores de la Resolución del director general de Trabajo de 24 de mayo de 2011 por la que se ordena la inscripción y el depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears y se dispone la publicación oficial del Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de Puertos de las Illes Balears
En el Boletín Oficial de las Illes Balears número 083, de 4 de junio de 2011, se publicó la Resolución del director general de Trabajo de 24 de mayo de 2011 por la que se ordena la inscripción y el depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears y se dispone la publicación oficial del Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de Puertos de las Illes Balears.
En esta Resolución se indica que el código que corresponde al Convenio es el 07003012012011 cuando en realidad le corresponde el 07100012012011.
El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Aprobar la rectificación del error cometido en la publicación del Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de Puertos de las Illes Balears, de manera que:
Donde dice:
“código de convenio 07003012012011”
Debe decir:
“código de convenio 07100012012011”
Palma, 7 de junio de 2013
El director general de Trabajo y Salud Laboral
Onofre Ferrer Riera
Por delegación del consejero de Economía y Competitividad (BOIB 70/2013)