Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 12289
Disciplina. DO-2011/0192 Notificación propuesta demolición
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a Sr. Sergio Subirana Cirac , exp. nº DO-2011/0192, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a SERGIO SUBIRANA CIRAC, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Que formula la instructora del expediente de demolición o de reconstrucción, que se sigue contra el Sr. SERGIO SUBIRANA CIRAC (PROP) conforme a lo que disponen los artículos 78 y siguientes de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los artículos 66 y 67 de la Ley 10/90, de disciplina urbanística de la CAIB, y otra normativa de aplicación.
RESULTANDO: Que ha transcurrido el plazo de dos meses, concedido al Sr. SERGIO SUBIRANA CIRAC (PROP) para que solicite la oportuna licencia, conforme con lo que disponen el artículo 65 de la Ley de disciplina urbanística de la CAIB.
CONSIDERANDO: Los artículos citados y los de general aplicación, así como las alegaciones presentadas, la instructora formula la siguiente propuesta de demolición, retirada o reconstrucción de las obras que se relacionan a continuación, a cargo de los interesados, así como lo que proceda para impedir definitivamente los usos a que podría dar lugar.
Al Sr. SERGIO SUBIRANA CIRAC (PROP) para que proceda a la retirada/demolición de las obras realizadas en Camí Racó 8 y 12, pol. 11 parc 49 (Secar de la Real) (DS 4203 Establiments, 34) RC 19153034001 (RR 01100049) consistentes en “reconstrucción del techo de la planta piso y las fachadas han sido totalmente reformadas”, así como cualquier otro tipo de obra o instalación realizado sin la preceptiva licencia, para restituir el inmueble al estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística. Visto que las obras mencionadas no están amparadas en ninguna licencia de obras, y visto el informe del TAG del servicio de día 11 de abril de 2013, en el sentido siguiente:
“1º DESESTIMAR las alegaciones presentadas el 11.03.2013 por el Sr. SERGIO SUBIRANA CIRAC (PROP) frente al Decreto presidente CGU 21088 de 27.11.2012 sobre REQUERIMIENTO de licencia para las obras ejecutadas en Camí Racó 8 y 12, pol. 11 parc 49 (Secar de la Real) (DS 4203 Establiments, 34) RC 19153034001 (RR 01100049) consistentes en “reconstrucción del techo de la planta piso y las fachadas han sido totalmente reformadas”
CONSIDERANDO:
El Sr. Subirana solicita ampliación del plazo de legalización de las obras.
El requerimiento de licencia fue formulado el 27.11.2012 y notificado el 10.01.2013, y el interesado solicita la ampliación del plazo el 11.03.2013, cuando ya ha transcurrido el plazo de dos meses concedido para instar la correspondiente licencia de obras.
De acuerdo con el art. 49 LRJPAC para poder acceder a la ampliación de los plazos previstos legalmente, la petición y en su caso la decisión de ampliación deben formularse antes del vencimiento del plazo, por lo que no puede accederse a la petición formulada.
Por otro lado, la ampliación podría ser por un mes, que expiraría el 11.04.2013.
2º CONCEDER al Sr. SERGIO SUBIRANA CIRAC (PROP) un plazo improrrogable de 10 días para que formulen todas las alegaciones que consideren convenientes.
ADVERTIR que, conforme al artículo 67.1 de la Ley 10/1990 de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB, transcurrido el término mencionado sin que se hayan presentado las alegaciones o se hayan desestimado, el Consell de Gerència d’Urbanisme acordará la retirada, demolición o reconstrucción de las obras por los interesados y procederá a impedir definitivamente los usos a que podría dar derecho y les concederá un plazo adecuado a su caso, con la advertencia que el Ayuntamiento lo podrá ejecutar subsidiariamente en caso de incumplimiento.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 24 de junio de 2013
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod