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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 12273
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito previsto en la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 21 de marzo de 2012, por la que se convocan ayudas para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria ganaderas para el desarrollo de los programas sanitarios correspondientes al año 2012

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Texto

Con fecha de 28 de marzo de 2012, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) nº 45 EXT, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 21 de marzo de 2012, por la que se convocan ayudas para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria ganaderas para el desarrollo de los programas sanitarios correspondientes al año 2012.

Posteriormente, con fecha de 27 de noviembre de 2012, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) nº 176 la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica y se incrementa el crédito previsto en la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 21 de marzo de 2012, por la que se convocan ayudas para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria ganaderas para el desarrollo de los programas sanitarios correspondientes al año 2012.

Por otra parte, en el punto 3 del apartado segundo se establece que, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la cuantía prevista en el punto 1 podrá incrementarse en la cuantía adicional de un máximo de 600.000,00 euros, condicionada la efectividad de dicha cuantía adicional a la declaración de disponibilidad de crédito, como consecuencia de las circunstancias señaladas en el apartado a) del punto 2 del artículo 58 citado, con la aprobación previa de la modificación presupuestaria correspondiente, si procede, con anterioridad a la resolución de concesión de la subvención.

Dado que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación, que la demanda de ayudas para desarrollar los programas sanitarios se ha incrementado respecto a lo previsto inicialmente y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, se procede a incrementar la cuantía.

Por todo ello, haciendo uso de las atribuciones que tengo conferidas, a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Incrementar el crédito destinado a la convocatoria de ayudas para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria ganaderas para el desarrollo de los programas sanitarios, correspondientes al año 2012, convocada por Resolución del Presidente del FOGAIBA de 21 de marzo de 2012 (BOIB nº 45 EXT, de 28 de marzo de 2012), en la cantidad de noventa mil euros (90.000,00€), quedando destinado un crédito final de quinientos ochenta y tres mil cuatrocientos treinta y cinco euros con setenta y un céntimos (583.435,71€).

Del importe total previsto, la cantidad de noventa y tres mil cuatrocientos treinta y cinco euros con setenta y un céntimos (93.435,71€) será financiada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), de acuerdo con lo que se establece en el artículo 9 del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril, y la cantidad restante de cuatrocientos noventa mil euros (490.000,00€) será financiada por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA).

Segundo

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 24 de junio de 2013

 

El Presidente del FOGAIBA

Gabriel Company Bauzá