Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS
Núm. 12218
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos por la cual se autoriza el arrendamiento de una plaza de aparcamiento en el garaje del edificio de la Avenida Vía Ronda, número 112, es Mercadal (AMBDE 1366/2013)
Antecedentes
1. El Secretario General de la Consejería de Administraciones Públicas ha solicitado mediante escrito de 23 de abril, con Registro de Entrada de 29 de abril de 2013, la tramitación de un contrato de alquiler de una plaza de aparcamiento en el garaje del edificio de la Avenida Vía Ronda, número 112, en es Mercadal.
2. El 5 de abril de 2013 el Secretario General redactó una memoria justificativa sobre la necesidad y la finalidad de tramitar un contrato de arrendamiento de un aparcamiento para uso de la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia mediante el procedimiento de concertación directa.
3. Se adjunta al expediente un informe de 3 de octubre de 2012, corregido en fecha 11 de abril de 2013, firmado por técnico competente sobre la adecuación del precio del arrendamiento con los precios de mercado que se corresponden a inmuebles de similares condiciones, equipamiento y condiciones en esta zona de la ciudad.
4. El 9 de mayo, la Consejera de Administraciones Públicas ha resuelto instar el inicio del expediente de arrendamiento de un aparcamiento para vehículos de la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia, ubicado en el garaje del edificio de la Avenida Vía Ronda, número 112, en es Mercadal, por un período de cuatro años a contar desde el 1 de junio de 2013 hasta el 31 de mayo de 2017, por un importe mensual de 49,32 euros IVA incluido.
5. También forma parte de la documentación presentada el borrador del contrato de arrendamiento, la propuesta de resolución de autorización y disposición y el resto de documentación contable que ampara el gasto.
6. En cuanto al arrendador se acompaña la acreditación de su personalidad y representación.
7. En relación al inmueble constan sus características registrales y catastrales, fotocopia de la escritura de propiedad y del último recibo del IBI.
8. En vista de la documentación aportada, el Consejero de Hacienda y Presupuestos dictó, el 20 de mayo de 2013 y a propuesta de la Secretaria General, la resolución de inicio del expediente de arrendamiento.
9 Por último, el jefe de la Sección IV del Servicio de Patrimonio emitió, el 24 de mayo de 2013, informe favorable.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y el 87 i, que atribuye al Consejero competente en materia de patrimonio la tramitación y aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles (BOIB núm. 49, de 24 de abril).
2. Los artículos 131 y siguientes del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 92, de 24 de desembre).
3. La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.
4. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
5. El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de les Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
6. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de les Illes Balears, por el cual es dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de les Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
7. El Decreto 22/2013, de 17 de mayo, por el cual se dispone el nombramiento de la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 70, de 18 de mayo).
Resolución
Por todo lo que se ha dicho, dicto la siguiente resolución:
1. Aprobar y autorizar el contrato de arrendamiento de una plaza de aparcamiento ubicada en el sótano del garaje del edificio de la Avenida Vía Ronda núm. 112, del municipio de Mercadal (Menorca), con los datos catastrales y registrales siguientes:
APARCAMIENTO NÚMERO 19 DE ORDEN del plano de la planta sótano de la Escalera A con acceso peatonal por la escalera y ascensor de su núcleo y rodado a través de la rampa que empieza en la calle Vía Ronda de Es Mercadal. Tiene una superficie de ocupación de 11,98 m2. Linda, mirando desde su acceso: al frente, con el aparcamiento número posterior del plano; por la derecha, con zona de circulación y maniobra; per la izquierda, a través del trastero número 19, con un muro perimetral; y por el fondo, con el aparcamiento número anterior del plano.
Su cuota de participación es del 0,58% en relación con la Escalera, y otra del 0,40% en relación al total del valor íntegro del inmueble.
INSCRIPCIÓN Inscrita en el Registro de la Propiedad de Maó al tomo 2448 del archivo, libro 335, folio 73, finca 15344, inscripción 1ª. Referencia catastral de la finca matriz: 3670401EE9237S0001-OK.
2. Establecer, para el contrato, las características siguientes:
a) Este contrato se concierta por un plazo de cuatro años, a contar desde el 1 de junio de 2013 hasta el 31 de mayo de 2017, de manera obligatoria para la arrendadora y potestativa para la arrendataria.
b) Transcurrido el plazo inicial, el contrato de arrendamiento quedará prorrogado, tácita y anualmente, si no hay un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes firmantes del contrato con tres meses de antelación al vencimiento del contrato o de sus prórrogas.
c) La parte arrendataria puede, en cualquier momento, dar por acabado el arrendamiento, siempre que lo haya notificado al arrendador con un mínimo de un mes de antelación.
d) Es condición esencial de este contrato que la arrendataria destine el inmueble a dependencias para servicios propios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
e) La renta mensual que se pacta por el arrendamiento es de 40,76 euros, más 8,56 euros —correspondientes al 21 por ciento de IVA— que hace un total de 49,32 euros.
3. Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears las características principales de este arrendamiento, en cumplimiento del que prevé el artículo 138 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma de Mallorca, 27 de mayo de 2013
La Secretaria General
Beatriz Marañón Moya
Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
El Consejero de Hacienda y Presupuestos
José Vicente Marí Bosó