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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MADRID

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 13 DE MADRID

Núm. 11612
Despidos/Ceses en general 1211/2011

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Texto

CEDULA DE N OTIFICACION

D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ SECRETARIO JUDICIAL DEL Juzgado de lo Social n° 13 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1211/2011 de este juzgado de lo Social, Seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO DE LA FUENTE VELEZ frente a D./Dña. FERNANDO MORREL POU, FOGASA, KEBARNA SA, PIEL INTERNACIONAL SA, POLO STAR SL, VALFAR SA y VERT INVERSIONES 2010 SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

DECRETO 7/06/2013

Y para que Sirva de NOTIFICACION EN LEGAL FORMA a POLO STAR SL, VALFAR SA, KEBARNA SA y PIEL INTERNACIONAL SA , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,Salvo las que revistan la forma de auto, Sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de junio de dos mil trece

LA SECRETARIO JUDICIAL

 

RECURSO N°: 142/2012

RECURRENTE: D./Dña. FRANCISCO DE LA FUENTE VELEZ

RECURRIDO :D. FERNANDO MORREL POU, VERT INVERSIONES 2010 SL, POLO STAR SL, VALFAR SA, KEBARNA SA, PIEL INTERNACIIONAL SA y FOGASA

DILIGENCIA.- En Madrid, a siete de junio de dos mil trece

La extiendo yo, la Secretario Judicial, para hacer constar que con fecha 22/04/2013 se ha solicitado por D. FRANCISCO DE LA FUENTE VELEZ se le/s tenga por desistido/s del recurso. Doy fe.

DECRETO

En Madrid, a siete de junio de dos mil trece.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Por la parte D. FRANCISCO DE LA FUENTE VELEZ se anunció, en fecha 24/07/2012, recurso de suplicación contra la resolución de fecha 28/06/2012.

SEGUNDO: Por la parte recurrente se solicitó en escrito de fecha 22/04/2013 que se le tuviera por desistido del recurso de suplicación anunciado.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

UNICO: Habiendo expresado la parte recurrente su voluntad de desistir del recurso interpuesto y, disponiendo el artículo 450 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), de aplicación supletoria en este orden jurisdiccional, de conformidad con lo establecido en la Disposición Final 43 de la Ley 36/11 de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social; que todo recurrente podrá desistir del recurso antes de que sobre él recaiga resolución, se está en el caso de tener por desistida a dicha parte recurrente, del recurso por ella formulado.

PARTE DISPOSITIVA

Se tiene por desistida a la parte D. FRANCISCO DE LA FUENTE VELEZ, del recurso de suplicación interpuesto contra la resolución de fecha 28/06/2012, dictada en este procedimiento. Declarándose la firmeza de la sentencia.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2511-0000-61-1211-11.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/ LA SECRETARIO JUDICIAL

D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ

 

DILIGEN CIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.