Sección IV. Procedimientos judiciales
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 11652
Recurso de Suplicación 436/2011
Cédula de notificación
AUTO de fecha 30 de Mayo del 2013
En las actuaciones núm. 436/11, de referencias en el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos de instancia Nº 468/2006 del Juzgado de lo Social Nº 4 de Palma de Mallorca, promovidos por Dña María Juana Araujo Fuster, contra InSS, Mutua Balear y, por último, Viajes Círculo Balear en actual paradero desconocido, sobre incapacidad permanente, con fecha 30 de Mayo de dos mil trece se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
PARTE DISPOSITIVA
SE ACUERDA: 1º) tener por NO FORMALIZADO el recurso de casación para la unificación de doctrina que fue preparado en fecha 23/02/2013 por la representación procesal de Dña Juana Araujo Fuster contra la sentencia de fecha 28 de diciembre de 2011 y número 677/11.
2º) En consecuencia SE DECLARA DESIERTO el recurso de casación para la unificación de la doctrina anteriormente expresado con los efectos inherentes del art 225.5 LRJS y así mismo se declara la firmeza de la sentencia dictada en fecha 28-12-2011. Sin imposición de costas a la parte recurrente.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante esta Sala, previo al de Queja ante la Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo. Conforme determina el artículo 223.3º LRJS, debiendo poner en conocimiento tal circunstancia en conocimiento de esta Sala en el mismo plazo mediante simple escrito. Incorpórese el original en el libro de Autos de esta Sala, y copia testimoniada en el Rollo de esta Sala.
Una vez firme la presente, se remitirán certificación de esta resolución, haciendo constar que ya fueron remitidos los Autos de juicio al juzgado de procedencia cuando ganó firmeza y verificado se procederá al archivo del Rollo de esta Sala, previo a tomar debida nota en los libros de Sala. Así por este auto, lo pronunciamos mandamos y firmamos,
EL MAGISTRADO PONENTE ”
Y para que sirva de notificación en forma a VIAJES CÍRCULO BALEAR SA, hoy en ignorado paradero, se expide el presente edicto en PALMA DE MALLORCA, a 07 de Junio de dos mil trece.
EL SECRETARIO JUDICIAL