Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11800
Juicio de Faltas 1183/2012
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia recaida en autos a BOUAZZA EL YOUSFI,y que es del tenor siguiente : JDO. INSTRUCCION N. 10.-PALMA DE MALLORCA.-SENTENCIA: 00367/2013.-JUZGADO INSTRUCCIÓN.- NUMERO DIEZ.-PALMA DE MALLORCA.-Procedimiento: JUICIO DE FALTAS 1183 /2012 .
- S E N T E N C I A NUMERO 245/13
.-En PALMA DE MALLORCA a veinticinco de Abril de dos mil trece.-D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 1183 /2012, seguida por una falta de ESTAFA contra ABDENBI NASRI NASRI y BOUAZZA EL JOUSFI.
-F A L L O.-QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a ABDENBI NASRI NASRI y BOUAZZA EL YOUSFI, como autores responsables de una falta de ESTAFA a la pena de UN MES MULTA ,para cada uno de ellos, con una cuota diaria de 5 euros y con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas, debiendo de indemnizar conjunta y solidariamente a Galya Nedelcheva Eneva en la suma de 200 Euros ; y al pago de las costas.-La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.-Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y paa que sirva de notificación a BOUAZZA EL YOUSFI, el cual se halla en ignorado paradero, expido el presente en Palma a 6 de Junio de 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL