Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE INCA

Núm. 11242
Divorcio Contencioso 38/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 D. JOSE MANUEL CASTIÑEIRA ALVARIÑO , Secretario Judicial, del JDO.1A.INSTANCIA N.5  de INCA, por el presente,

 A N U N C I O :

 En el presente procedimiento DIVORCIO CONTENCIOSO seguido a instancia de DOLORES MAGDALENA ARTEAGA FRANCO frente a ANTONIO ALBERTO MONTERO QUIMIS se ha dictado sentencia DE FECHA 15 DE MAYO DE 2013, contra la que cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse ante este Juzgado en plazo de veinte días, y del que conocerá, en su caso, la Ilma. Audiencia de les Illes Balears.Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banco Español de Crédito, en la cuenta de este expediente 5137, indicando en el campo "concepto", la indicación "Recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación".Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación".En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Y encontrándose dicho demandado, ANTONIO ALBERTO MONTERO QUIMIS, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 INCA a veintiuno de Mayo de dos mil trece.

 EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,