Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6832
Juicio Verbal 0001729/2009 Sobre Otras Materias
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CEDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
ESTIMAR la demanda formulada por D. REINER POPP, condenando a Dña. MARGARITA MORENO PENA a que abone a aquél la suma de 614'30 euros.
Con imposición de las costas del procedimiento a la condenada.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán preparar RECURSO DE APELACION en ambos efectos dentro de los CINCO DIAS siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de Enero y su Disposición Transitoria Segunda. Adviértase al demandado que en los procesos que lleven aparejado el lanzamiento, no se admitirán los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al prepararlos, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas.
Este recurso no se admitirá si no se acredita una consignación de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado.
Llévese testimonio literal de la presente a los autos de su razón y archívese la original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de MARGARITA MORENO PEÑA , se extiende la presente para que sirva de cédula renotificación.
PALMA DE MALLORCA a siete de Mayo de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO.