Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 11653
Decreto de alcaldía núm. 2013/584 para reclamar el pago de ejecución subsidiaria.
Dado que no ha sido posible llevar a cabo la notificación personal por los medios legalmente establecidos de acuerdo con lo previsto en el art. 59 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, modificada por la ley 4/99, de 13 de enero, se notifica a la entidad On the beach SA, el decreto de alcaldía núm. 2013/584:
“Dado que la entidad ON THE BEACH, SA, es la propietaria de un inmueble situado en la calle de Ses Coves, núm. 49, de Inca, con un jardín el cual se encontraba en estado de abandono, con gran acumulación de residuos y suciedad, con vegetación sobresaliendo a la calle, incumpliendo el artículo 230 del Plan General de Ordenación Urbana y el artículo 61 de la Ordenanza de Policía y Buen Gobierno de Inca, resultando los Antecedentes de hecho:
1.- En fecha de 31 de mayo de 2011 se dictó el Decreto de alcaldía núm. 2011/445, siendo publicado en el BOIB en fecha 27 de marzo de 2012, vista la imposibilidad de notificarlo, ordenando la limpieza del mencionado jardín.
2.- En fecha 16 de marzo de 2012 se dictó el Decreto de alcaldía núm. 2012/195, siendo publicado en el BOIB en fecha 17 de abril de 2012, comunicando el inicio del expediente de ejecución subsidiaria de la orden de ejecución consistente en la reparación de la pared exterior y la limpieza del jardín.
3.- En fecha de 22 de noviembre de 2012 se dictó el Decreto de alcaldía núm. 1034/2012, siendo publicado en el BOIB en fecha 1 de diciembre de 2012, señalando el día 3 de diciembre de 2012 para ejecutar subsidiariamente la reparación del muro exterior y la limpieza del jardín.
4.- Visto que por parte del Ayuntamiento de Inca se solicitó al Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Palma la entrada al inmueble mencionado, según el procedimiento de entrada a domicilio núm. 13/2012, siendo autorizada la entrada en fecha 19 de octubre de 2012 según auto judicial núm. 292/2012.
5.- El Ayuntamiento de Inca ha procedido a la reparación del muro exterior, aterracándolo y pintándolo, así como a la limpieza del jardín, con la retirada de escombros y suciedad, con un coste, según informe técnico municipal de 3.135,97 euros.
Por todo ello, y de acuerdo con lo que establece la Ley 7/1985, 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, se dicta la presente
RESOLUCIÓN
1.- REQUERIR a la entidad ON THE BEACH SA el pago de las tareas de adecuación del solar que ha llevado a cabo la Corporación Municipal por un valor de TRES MIL CIEN TREINTA Y CINCO EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (3.135,97 €).
2.- ADVERTIR que el pago de la sanción de 3.135,97 euros se tendrá que realizar en el plazo siguiente:
a) Si la notificación se recibe entre los días 1 y 15 de cada mes, el pago se tendrá que efectuar desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Si la notificación se recibe entre los días 16 y último de cada mes, el pago se tendrá que efectuar desde la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Una vez transcurrido este plazo sin que se haya efectuado el pago voluntario de la presente liquidación, por esta Corporación municipal se procederá al cobro de su importe por la vía de apremio y, si es el caso, al embargo de bienes y derechos que pertenecen a dicho persona obligada, en cantidad suficiente para cubrir el importe de esta liquidación y los recargos, los intereses y las costas.
3.- NOTIFICAR la presente resolución a la entidad interesada con indicación de los recursos pertinentes.”
Lo que SE COMUNICA, para su conocimiento y efectos oportunos.
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 109.c) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99 y el artículo 52.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril de 1985 de Bases de Régimen Local y otras normas concordantes y complementarias, se podrán interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
b El recurso potestativo de reposición, que se interpondrá ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 y siguientes de la Ley de procedimiento administrativo antes mencionada. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, puede ejercitarse, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Inca, 11 de junio de 2013
El alcalde-presidente
Rafel Torres Gómez