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AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 11621
Anuncio baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes
Mediante el presente escrito se hace público el contenido del Decreto de la Alcaldía núm. 845, emitido en fecha 03 de Junio de 2013, que en su parte expositiva y dispositiva dice:
“ASUNTO: BAJAS DE OFICIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES.
Visto el expediente tramitado por este Ayuntamiento para llevar a cabo la baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este término Municipal, de las personas que a continuación se indican:
Sra. Marta Rodríguez Maeso.
Sr. Miguel Ángel García Visiedo.
Sra. Elaine Marçal Gonçalves.
Sra. Laura Álvarez Prado.
Sra. Javiera Alejandra Guzmán.
Sra. Marina Soledad Costa.
Sr. Javier Erico Neiman.
Sr. Jorge Tormo Sánchez.
Sr. Talla Sow.
Sr. Roman Hyrsl.
Sr. Ignacio Pardo Roquero.
Sr. Flavio Belarmino Da Conceiçao.
Sra. Elis Regina Francisc Gomes.
Sra. Deuslene Pereira Carmo.
Sr. Antonio Galera Sánchez.
Sr. Luís Ricardo Soto Rodríguez.
Sr. Iván Maireni Pérez Alcántara.
Visto lo dispuesto en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, según redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 26 de diciembre, BOE núm. 14, de 16 de enero, conforme al cual los ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuran empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado. Este deberá comunicar el municipio o país en el que vive habitualmente y solicitar, por escrito, el alta en el padrón municipal o en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección consular correspondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayuntamiento que acuerde la baja de oficio.
Si el interesado no manifiesta expresamente su conformidad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.
Visto que las personas antes relacionadas, NO han expresado su conformidad con la referida baja.
Visto el informe favorable emitido por el Consejo de Empadronamiento en fecha 15 de Marzo de 2011.
En el ejercicio de las facultades que me confiere la legislación vigente, RESUELVO:
PRIMERO: Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de habitantes de Sant Josep de sa Talaia, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 72 RPDT, a las personas que a continuación se detallan:
- Sra. MARTA RODRÍGUEZ MAESO, de nacionalidad Española y con DNI 09431085 G.
- Sr. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA VISIEDO, de nacionalidad Española y con DNI núm. 48457750 Q.
- Sra. ELAINE MARÇAL GONÇALVES, de nacionalidad Brasileña y con Pasaporte núm. CM648114.
- Sra. LAURA ÁLVAREZ PRADO, de nacionalidad Española y con DNI núm. 05207311 L.
- Sra. JAVIERA ALEJANDRA GUZMÁN, de nacionalidad Italiana y con NIE núm. Y01334555 V.
- Sra. MARINA SOLEDAD COSTA, de nacionalidad Argentina y con NIE núm. X03079670 Q.
- Sr. JAVIER ERICO NEIMAN, de nacionalidad Argentina y con NIE núm. X04179420 K.
- Sr. JORGE TORMO SÁNCHEZ, de nacionalidad Española y con DNI núm. 46964684 H.
- Sr. TALLA SOW, de nacionalidad Senegalesa y con NIE núm. X09312295 D.
- Sr. VALDECI DA CRUZ PEREIRA, de nacionalidad Brasileña y con NIE núm. X07268299 T.
- Sr. ROMAN HYRSL, de nacionalidad Checa y con Pasaporte núm. 39813709.
- Sr. IGNACIO PARDO ROQUERO, de nacionalidad Española y con DNI núm. 50872328 P.
- Sr. FLAVIO BELARMINO DA CONCEIÇAO, de nacionalidad Brasileña y con Pasaporte núm. CP521865.
- Sra. ELIS REGINA FRANCISC GOMES, de nacionalidad Brasileña y con Pasaporte núm. CS 632256.
- Sr. ANTONIO GALERA SÁNCHEZ, de nacionalidad Española y con DNI 41444558 F.
- Sr. LUÍS RICARDO SOTO RODRÍGUEZ, de nacionalidad Holandesa y con NIE núm. X03980156 Y.
- Sr. IVÁN MAIRENI PÉREZ ALCÁNTARA, de nacionalidad Española y con DNI núm. 78531406 E.
SEGUNDO: Dar traslado de la presente resolución a la persona interesada”.
Lo que se publica para su conocimiento y a los efectos oportunos, haciendo saber que contra esta resolución se podrán interponer, alternativamente los recursos siguientes:
a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.
b) El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado este acuerdo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contenciosos-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercer, si es el caso, cualquier otro recurso que estime oportuno, todo ello de conformidad con la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Sant Josep de sa Talaia, 03 de junio de 2013.
LA ALCALDESA,
María Nieves Marí Marí.