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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11472
Planeamiento y Gestión Urbanística. Edicto información pública aprobación definitiva proyecto modificación Plan Parcial del SUP 33-02- Son Quint (PC2011/0003)

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Texto

 

AREA DE URBANISMO Y VIVIENDA

GERENCIA DE URBANISMO

DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA

SERVICIO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE PLANEAMIENTO

Exp: PC 2011/00030000

El Pleno del Ayuntamiento el 25.04.2013 aprobó definitivamente el proyecto de modificación del Plan Parcial del SUP 33-02, Son Quint, referida a la modificación de los límites entre la zona E3c y la zona EL0a, dentro de la isleta M1, con la finalidad principal que el centro de transformación CT1, situado dentro la zona calificada como Espacio Libre Privado quede dentro una zona que permita esta edificación, proyecto que ha sido promovido por la Junta de Compensación del SUP 33-02 Son Quint, mediante el siguiente acuerdo:

“INFORME DE LA TAG JEFA DE SERVICIO- Por acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de diciembre de 2012 se aprobó inicialmente la modificación del Plan Parcial del SUP 33-02, Son Quint, presentada por el representante de la Junta de Compensación del SUP 33-02 Son Quint, y referida a la modificación de los límites entre la zona E3c y la zona EL0a, dentro de la isleta M1, con el fin de que el centro de transformación CT1, situado dentro la zona calificada como Espacio Libre Privado EL0a (sin que sus ordenanzas permitan esta edificación), quede dentro una zona que permita esta edificación (zona E3c); además, se reajustaba un límite del SUP, con correspondencia con el Proyecto de Compensación aprobado. El anterior proyecto ha sido sometido a información pública de un mes mediante anuncios al Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 2 de día 03.01.2013, edicto núm. 24805; al diario “El Mundo” de día 09.01.2013; y al tablón de anuncios de esta Corporación.

Dentro de este plazo, que acabó el día 23.02.2013 no se ha presentado ninguna alegación.

Atendiendo a lo que disponen los artículos 72 y 73 y la disposición adicional cuarta de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de Capitalidad de Palma de Mallorca, de acuerdo con la redacción dada por la Ley 6/2012, de 6 de junio, con posterioridad a la aprobación inicial se solicitó  al Consejo Insular de Mallorca la emisión del correspondiente informe, con remisión de un ejemplar de la documentación que había sido objete de aprobación inicial por la Junta de Gobierno de fecha 5.12.2012. Este informe no ha llegado dentro plazo.

También se ha pedido informe a la Dirección general de Emergencias (no emitido dentro plazo) y al Ministerio de Defensa (emitido en sentido favorable).

Atendiendo a lo que disponen los artículos 72 y 73 y la disposición adicional cuarta de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de Capitalidad de Palma de Mallorca, de acuerdo con la redacción dada por la Ley 6/2012, de 6 de junio, puede aprobarse definitivamente la propuesta de modificación del Plan Parcial del SUP 33-02, Son Quint. 

Visto lo que se ha señalado, de acuerdo con el 139 del Reglamento de planeamiento y atendiendo a los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales; los arte. 127.1.c), 123.1.y), 122-4-a), del capítulo II, título X de la Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por la Ley 57/03, de 16 de diciembre de Medidas por la modernización del gobierno local, RDL 781/86, de 18 de abril, arte. 99 y siguientes del Reglamento Orgánico del Pleno, 4-1-e) y 12-a) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo, la  TAG que subscribe considera que el Consejo de la Gerencia puede adoptar la siguiente resolución:

Proponer a la Junta de Gobierno la aprobación definitiva del proyecto de modificación del Plan Parcial del SUP 33-02, Son Quint, presentada por el representante de la Junta de Compensación del SUP 33-02 Son Quint, y referida a la modificación de los límites entre la zona E3c y la zona EL0a, dentro de la isleta M1, con la finalidad principal que el centro de transformación CT1, situado dentro la zona cualificada como Espacio Libre Privado EL0a (sin que sus ordenanzas permitan esta edificación), quede dentro una zona que permita esta edificación (zona E3c), para que  sea elevado al Pleno del Ayuntamiento, previo dictamen de la Comisión Informativa la adopción del siguiente: 

ACUERDO:

1r.- Aprobar definitivamente la modificación del Plan Parcial del SUP 33-02, Son Quint, presentada por el representante de la Junta de Compensación del SUP 33-02 Son Quint, versión aprobada inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 5.12.2012. Esta modificación del Plan  Parcial del SUP 33-02, Son Quint, tiene por objeto la modificación de los límites entre la zona E3c y la zona EL0a, dentro de la isleta M1, con el fin de que el centro de transformación CT1, situado dentro la zona calificada como Espacio Libre Privado EL0a (sin que sus ordenanzas permitan esta edificación), quede dentro una zona que permita esta edificación (zona E3c); además, se reajustaba un límite del SUP, con correspondencia con el Proyecto de Compensación aprobado. Esto, atendido el resultado de la información  pública, y vista la tramitación llevada a término desde la aprobación inicial.

2n.- Comunicar el presente acuerdo a los Servicios municipales que se puedan encontrar afectados, así como a la Oficina de la revisión del PGOU.

3r.- Dar traslado al Consejo Insular de Mallorca y al Gobierno de las Islas Baleares del presente acuerdo, dentro el plazo de quince días desde su adopción, todo adjuntando un ejemplar debidamente diligenciado de la documentación aprobada.

4t.-Publicar el presente acuerdo, junto con normativa adecuada, al Boletín Oficial de las Islas Baleares, quedando entonces levantada la suspensión del otorgamiento de licencias a las áreas del territorio objeto de este acuerdo.

5t.-Notificar a los propietarios afectados.”

Cumpliendo con el arte. 11.2 del Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo, y el arte. 134 ( por remisión de l’arte. 138.2) 136, 138 y 139 del Reglamento de Planeamiento, RD 2159/78, de 23 de junio, se publica para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes. 

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, en conformidad con el artículo 107.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, podéis presentar recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y con los artículos 25 y 45 y ss. de esta Ley de la jurisdicción contenciosa administrativa ante la Sala contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la publicación. 

La presente modificación no supone alteración de las ordenanzas vigentes.

 

Palma a  07 de junio de 2013

 

El jefe del Departamento

P.d.Decreto de Alcaldía  núm. 10434 de 8 de junio de 2012,

Jaume Horrach Font