Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10520
Juicio de Faltas 3/2013
D./DÑA. MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 008 DE PALMA DE MALLORCA
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas 3/13 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
S E N T E N C I A 4/2013
En Palma, a treinta y uno de enero de dos mil trece.
Vistos por mí, D. TOMÁS MÉNDEZ LÓPEZ, Magistrado-Juez de Refuerzo del Juzgado de Instrucción nº 8 de Palma y su partido, los presentes autos del Juicio Inmediato de Faltas nº 3/2013 incoados por la comisión de una presunta falta de HURTO, siendo denunciante, ANTONIO QUETGLAS GELABERT, y denunciado, MANUEL PAZ RIOS, habiendo intervenido como acusación el Ministerio Fiscal, y en su representación Dña. Dolores Rodríguez, procedo a dictar la presente resolución, basándome para ello en los siguientes:
FALLO
Que debo CONDENAR y CONDENO a MANUEL PAZ RIOS como autor responsable de una falta de hurto a la pena de 1 mes de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros (180 euros), con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, previa excusión de sus bienes, y a que indemnice a la mercantil ALCAMPO S.A en la suma de 5,55 euros; y al abono de las costas causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, cabe interponer Recurso de Apelación en el plazo de los 5 días siguientes al en que se notifique esta resolución y que se formalizará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a MANUEL PAZ RIOS, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 15 de abril de 2013.
EL/LA SECRETARIO