Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE MANACOR
Núm. 10895
Juicio verbal 0000274/2013 Sobre otras materias
SENTENCIA Nº 102/2013 de fecha 6 de junio de 2013 dictada por el Ilustre Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4: Don Tomás Sánchez Puente
Procedimiento: JUICIO VERBAL 274/2013
Parte demandante: ANTONIA GIMENEZ MAYOL
Letrado: SANTIAGO FIOL AMENGUAL (sustituto en el acto de la vista por Dª. ANA PÉREZ)
Procurador: CATALINA SALOM SANTANA
Parte demandada: JORGE TRUYOLS DEZCALLAR, MARÍA DEL CARMEN TRUYOLS DEZCALLAR, ANTONIO TRUYOLS DEZCALLAR, FRANCISCO TRUYOLS DEZCALLAR, MARÍA DEL PILAR TRUYOLS DEZCALLAR, MARÍA DE LA ASUNCIÓN TRUYOLS DEZCALLAR, MARÍA DE LOS DOLORES TRUYOLS DEZCALLAR (en situación de rebeldía procesal).
FALLO:
Que ESTIMANDO la demanda presentada por la procuradora doña Catalina Salom Santana, en nombre y representación de Antonia Giménez Mayol:
Se acuerda la redención del derecho de alodio, afecto a la finca la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Felanitx nº 1, al Tomo 4.223, Libro 799, Folio 84, Finca número3.497, inscrito a favor de Sres. Jorge, María, María del Carmen, Francisco, Antonio, María del Pilar, María de la Asunción, y María de los Dolores Truyols Dezcallar (inscripción 12ª).
Una vez firme la sentencia, líbrese mandamiento acompañado de testimonio de la sentencia al Registro de la Propiedad de Felanitx nº 1, para la cancelación de la inscripción registral del citado derecho de alodio.
Sin condena en costas a ninguna de las partes.
Notifíquese esta sentencia a las partes.
Contra la sentencia cabe interponer Recurso de Apelación, en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma. La interposición del recurso exige la previa constitución de un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, depósito que será devuelto en los casos de estimación total o parcial del recurso.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Se significa que la publicación ha sido interesada por ANTONIA GIMENEZ MAYOL, acordándose la publicación a su costa.
En MANACOR, a 3 de junio de 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.