Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 23 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8194
Juicio Verbal 0000429/2010 Sobre Otras Materias
D. LUÍS MÁRQUEZ DE PRADO MORALES, Secretario del Juzgado de 1ª. Instancia nº 23 de Palma de Mallorca, hago saber:
Que en procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo ENCABEZAMIENTO Y FALLO son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca, a 24 de septiembre de dos mil diez.
Vistos por Dª. SONIA I. VIDAL FERRER, Magistrado Juez del juzgado de Primera Instancia nº 23 de los de esta Ciudad, los presentes autos nº 429/10 de Juicio Verbal en reclamación de cantidad derivada de gastos comunitarios de propiedad horizontal seguidos en este Juzgado a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS del edificio LOS DELFINES sito en c/ Mare Nostrum, nº 3 de Palma Nova representada por al Procuradora Dª. CONCEPCIÓN ZAFORTEZA y asistida por el Letrado D. FRANCISCO J. VILLALONGA contra D. WILLIAM RICE COMBE, declarado en rebeldía.
FALLO
Se ESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. CONCEPCIÓN ZAFORTEZA en representación de la C.P. edificio LOS DELFINES sito en la c/ MARE NOSTRUM, Nº 3 DE PALMA NOVA contra D. WILLIAM RICE COMBE y CONDENO al mismo al pago de la cantidad de 2.276’84 €, a los intereses legales desde la interposición de la demanda y al de las costas procesales.
Contra la presente resolución se podrá anunciar recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial. Para ello deberá haber consignado dentro del periodo anunciado del recurso las cantidades adeudadas por sentencia y que hayan devengado por el mismo concepto de conformidad a lo dispuesto al art. 449 LEC.
Así mismo, deberá consignar la cantidad de 50 € de conformidad a la DA 15ª. De la LOPJ, según redacción por Lo 1/09, de 4 de noviembre.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio en autos, para unir el original al Libro de Sentencias del Juzgado, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado.- SONIA I. VIDAL FERRER-rubricado.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Juez que la suscribe, estando celebrando en audiencia pública el mismo día de su pronunciamiento.
Y como consecuencia del ignorado paradero de WILIAM RICE COMBE, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a veintiséis de abril de dos mil trece
EL SECRETARIO.