Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 11323
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 27 de mayo de 2013 referente a la solicitud de reconocimiento oficial de la Escuela de Formación Lúdic como escuela de educadores de tiempo libre
Hechos
1. El día 10 de mayo de 2013, la señora Neus Barceló Picorelli, con DNI nº. 43162794 M, en representación de la sociedad Lúdic Servis Integrats SL, solicitó el reconocimiento oficial de l’Escuela de Formación Lúdic como escuela de educadores de tiempo libre infantil y juvenil, y adjuntó a la solicitud los documentos previstos en el Decreto 16/1984, de 23 de febrero, sobre el reconocimiento de escuelas de educadores de tiempo libre.
2. Una vez examinada toda la documentación, el día 21 de mayo el Servicio de Juventud emitió un informe favorable sobre el reconocimiento de la Escuela de Formación Lúdic como escuela de formación de educadores de tiempo libre infantil y juvenil.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de juventud (BOIB nº. 109, de 3 de agosto).
2. El Decreto 16/1984, de 23 de febrero, sobre el reconocimiento de escuelas de educadores de tiempo libre (BOCAIB nº. 5, de 20 de marzo).
3. La Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares (BOE nº. 52, de 1 de marzo, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 16 de marzo; corrección de errores en el BOE nº. 77, de 30 de marzo, y en el suplemento en catalán del BOE nº. 13, de 31 de marzo).
4. La Orden del consejero adjunto a la Presidencia de 14 de marzo de 1990 relativa a cursos de formación de monitores y directores de actividades de tiempo libre infantil y juvenil (BOCAIB nº. 48, de 19 de abril), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia de 13 de marzo de 1998 (BOCAIB nº. 41, de 26 de marzo).
Por ello, y vista la propuesta de resolución de la directora general de Ordenación, Innovación y Formación Profesional de 22 de mayo de 2013, dicto la siguiente
Resolución
1. Reconocer la Escuela de Formación Lúdic como escuela de formación de educadores de tiempo libre infantil y juvenil, de acuerdo con la solicitud de autorización presentada por la señora Neus Barceló Picorelli, con el DNI nº. 43162794 M, con efectos desde la fecha de esta Resolución.
2. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 27 de mayo de 2013
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Joana Maria Camps Bosch