Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10943
Procedimiento ordinario 0001883/2010 Sobre altres matèries
D. FERNANDO ESTRADA RUIZ, Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de PALMA DE MALLORCA, hago saber que en el procedimiento de referencia ORDINARIO 1883/2010 se ha acordado notificar a la parte demandada JORGE ALBERTO GAMARRA, extracto de la SENTENCIA de fecha 25.02.13 cuyo fallo literal es el siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ana Díez Blanco, en nombre y representación de Banque PSA Finance, Sucursal en España contra D. Jorge Alberto Gamarra condenando a éste a pagar a la actora 21.381,75 euros más los intereses de demora que correspondieren calculados al tipo de interés del 2% mensual desde el 10-7-2009 según lo pactado por las partes en la cláusula sexta el contrato de préstamo y todo ello con expresa imposición de las costas procesales el demandado.
La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 455 y 458 LEC.
Con carácter previo a interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el banco Banesto.
Asimismo, la/s parte/s recurrente/s deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre modificada por Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero.
Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez titular del Juzgado de Primera instancia nº 1 de Palma de Mallorca.
Y encontrándose dicho demandado, JORGE ALBERTO GAMARRA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a veintinueve de Mayo de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.