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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 11306
Convenio Ayuntamiento de Alaior y Cime de actividad física para gente mayor año 2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, hacemos público el convenio que literalmente dice:

"CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE MENORCA Y EL AYUNTAMIENTO DE ALAIOR PARA LLEVAR A CABO UN PROGRAMA DE ACTIVIDAD FÍSICA PARA PERSONAS MAYORES QUE VIVEN EN RESIDENCIAS DE MENORCA Y / O SON USUARIOS DE CENTROS DE DÍA

 

REUNIDOS

De una parte, el Honorable Sr.. Santiago Tadeo Florit, presidente del Consejo Insular de Menorca.

Por otra parte la señora Misericodia Sugrañes Barenys, Alcaldesa del Ayuntamiento de Alaior.

Ambas partes intervienen en virtud de la representación que por razón de sus respectivos cargos asumen y se reconocen mutuamente poderes y facultades suficientes para formalizar este convenio y, por ello,

 

EXPONEN

Que durante el año 2013 el Consejo Insular de Menorca promueve un programa dirigido a la realización de actividad física para personas mayores que viven en residencias y / o centros de día de Menorca que llamaremos “MOVIMENTS”

Que el Ayuntamiento de Alaior ha sido consultado sobre este programa y ha mostrado su apoyo a esta iniciativa.

Que el programa está dirigido a las personas mayores que viven en las residencias de Menorca y / o son usuarios de centros de día.

Que el objetivo del programa es ayudar a mantener las capacidades, estimular, socializar y mejorar la capacidad de adaptación de los residentes en las residencias de la tercera edad de Menorca y / o son usuarios de centros de día, especialmente:

- Mantenimiento de las capacidades de coordinación.

- Mantenimiento de las funciones nerviosas.

Potenciación de las capacidades de comunicación.

A efectos de desarrollar el programa, un / a técnico / a de deportes en actividad física para personas mayores se desplazará a las residencias asistidas y / o centros de día de Menorca:

- Hospital Municipal de Ciutadella

- Centro Sociosanitario Santa Rita de Ciutadella

- Geriátrico de Ferreries

- Geriátrico Municipal de Mercadal

- Geriátrico Municipal de Alaior “Es Ramal”

- Geriátrico asistido del Ayuntamiento de Maó

- Residencia de Ancianos del CIM

- Centro de día de Es Castell

- Centro de día Migjorn Gran

- Geriátrico de San Luis

Y en cada uno de los centros, en función de las necesidades de los residentes y horarios, se desarrollarán las actividades conforme a la planificación que se realizará desde el Consejo Insular de Menorca.

Por todo ello, manifestando expresamente la voluntad de llevar a cabo esta tarea, en estar de acuerdo las partes que intervienen en este acto, se avienen a firmar este CONVENIO de acuerdo con los siguientes:

 

PACTOS

PRIMERO. Objeto.

El objeto del presente convenio es la cooperación institucional entre el Consejo Insular de Menorca y el Ayuntamiento de Alaior para dar continuidad al programa de actividad física para personas mayores que viven en residencias y / o son usuarios de centros de día de Menorca durante el plazo de un año.

SEGUNDO. Ámbito de cobertura.

El ámbito de las actuaciones vinculadas a este convenio será el municipio de Alaior.

TERCER. Funciones y responsabilidades de las partes.

Corresponde al Ayuntamiento de Alaior: La cesión de las instalaciones a que se hace referencia en la parte expositiva y la coordinación con sus equipos de trabajo.

El Consejo Insular de Menorca: Contratación externa de los servicios para llevar a cabo el programa, así como asegurar el cumplimiento y la coordinación.

CUARTO. Duración del Convenio.

Este convenio entrará en vigor el día de su firma y finalizará el día 31 de diciembre de 2013.

QUINTO. Financiación y aportaciones económicas.

El coste total de este programa será de 73.702,00 € aportando el Consejo Insular de Menorca la cantidad de 44.958,00 € y los ayuntamientos participantes un total de 28.744,00 €

-El Ayuntamiento de Alaior hará la aportación económica de 5.717,00 € con cargo al presupuesto del ejercicio 2013, que será proporcional al número de usuarios del municipio.

-El Consejo Insular de Menorca aportará 44.958,00 € al total del programa (incluido el 100% de los usuarios de la residencia de ancianos, que no se imputarán al Ayuntamiento de Maó y de los usuarios del Centro Sociosanitario de Santa Rita, que no se imputarán en el Ayuntamiento de Ciutadella).

SEXTO. Causas de extinción del Convenio.

Se establecen como causas de extinción del presente convenio las siguientes:

-El mutuo acuerdo.

-El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este convenio.

-La denuncia de cualquiera de las partes, formalizada por escrito.

Y, en prueba de conformidad con cada uno de los ACUERDOS aquí recogidos, firmamos el presente convenio por triplicado en el lugar y fecha indicados.

Maó , 8 de mayo de 2013.

El Presidente del Consejo Insular
Santiago Tadeo Florit

La alcaldesa del Ayuntamiento de Alaior
Misericordia Sugrañes Barenys "

Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación ante el órgano que la ha dictado , de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción.

Si se opta por interponer un recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se pueda estimar más conveniente en derecho.

 

4 / junio / 2013

La Alcaldesa,
Misericordia Sugrañes Barenys