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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10524
Juicio de Faltas 883/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./DÑA.  MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 008 DE PALMA DE MALLORCA

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas 883/12 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

SENTENCIA  420/2012

En Palma, a catorce de diciembre de dos mil doce

Vistos por mí, D. TOMÁS MÉNDEZ LÓPEZ, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de Instrucción nº 8 de los de Palma y su Partido, los autos del JUICIO DE FALTAS nº 883/2012, seguidos por la presunta comisión de una falta de LESIONES, siendo denunciantes/denunciados NICANOR ALBERTO GAGO ARAUJO e IVANKA MARIEVA ANGELOVA, habiendo intervenido el Ministerio Fiscal como acusación, y en su representación D. Adrián Salazar, procedo a dictar la presente resolución, basándome en los siguientes:

FALLO

Debo CONDENAR y CONDENO a NICANOR ALBERTO GAGO ARAUJO, como autor responsable de una falta de LESIONES a la pena de 50 días de multa a razón de una cuota diaria de 5 euros (250 euros), con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, previa excusión de sus bienes, y a que indemnice a Ivanka Marieva Angelova en la suma de 128 euros por las lesiones sufridas; y ello, con expresa imposición de las costas causadas.

Notifíquese a las partes esta Sentencia, haciéndoles saber que contra la misma, cabe Recurso de Apelación a interponer, en su caso, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, y que se formalizará y substanciará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Líbrese testimonio de la presente resolución para unir a las actuaciones, incorporando el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a  IVANKA MARIEVA ANGELOVA, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 15 de mayo de 2013.

EL/LA SECRETARIO