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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11138
Disciplina: DS-2009/519 Notificación inadmitir a trámite escrito

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Antonio Silva Díaz, exp. nº. DS-2009/519 y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Antonio Silva Díaz de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Le notifico que por decreto de Alcaldía num. 22815 de 21 de desembre de 2012, se ha dispuesto lo siguiente: Vista la resolución de la Alcaldía núm. 5915 de 03.04.2012, por el cual se desestiman las alegaciones presentadas el 09.03.2012 por el Sr. Antonio Silva Díaz contra la propuesta de resolución, así como se impone una multa de 17.935,98 euros por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en el camino Son Olivaret, 58, izquierda, RC. 20776158.

Visto que el 213.11.2012 D. Antonio Silva, presenta escrito contra la mencionada resolución de la Alcaldía.

Visto el informe emitido el 16.11.2012 por el TAG del Servicio, que se recoge en la parte dispositiva de este decreto.

Vistos los artículos de general aplicación, los artículos 105, 106 i 108 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II, III y IV del decreto 14/1994 de 10 de febrero (BOCAIB nº  21 de 17-02-94), por el cual se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el art. 4-1-h) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 98 de 28/06/05); el arte. 21 y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, modificada por la Ley 57/03 de medidas para la modernización del Gobierno Local; el arte. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB , y vistos los decretos de Alcaldía núm. 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de Gobierno, de  13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía núm. 5309 de 26 de marzo de 2012, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, y otra normativa aplicable, la instructora que suscribe, considera que el Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda, podría dictar el siguiente:     

D E C R E T O

INADMITIR A TRÁMITE por extemporáneo el escrito presentado por el Sr. Antonio Silva Diaz, contra la resolución de Alcaldía núm. 5915 de 03.04.2012 que impone una sanción de 17.935,98 € por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en el camino Son Olivaret, 58 izquierda, consistentes en: “Se han realizado obras sin licencia haciendo una casa nueva de 50 m2 (5x10) con puertas, persiana y cubierta plana sin tejas”

AL CONSIDERAR QUE:

El decreto recurrido fue notificado el 27.04.2012.

No concurre ninguna de las circunstancias descritas en el articulo 118 de la Ley 30/1992, que permita calificar el presente recurso como recurso extraordinario de revisión.

El escrito ha sido presentado el 13.11.2012 y por tanto fuera del plazo de un mes establecido por el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le notifico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99 de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta publicación. En este caso no se podrá interponer recurso  contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso potestativo de reposición deberá presentarse ante el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes citado y el 45 i siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta publicación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere conveniente.  

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).

 

Palma, 4 de junio de 2013

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios

(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de

 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)

Elvira Salvà Armengod