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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11132
Disciplina: DS-2009/74 Notificación desestimación recurso

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Crescencio Martín Najarro, exp. nº. DS-2009/74 y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Crescencio Martín Najarro como propietario de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Por decreto de Alcaldía num. 19714 de 6 de noviembre de 2012,  se ha dispuesto lo siguiente:  

Vista la resolución de la Alcaldía núm. 9416 de 28.05.2012 por el que se impone al Sr. Crescencio Martín Najarro (DNI. 23.786.785), como propietario, una sanción de 834,59 € por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle Cap de Formentor, 7, Esc 1, 5 RC 07236101022, consistentes en: “Ampliación realizada con bloques de hormigón sobre la terraza de la vivienda (2,50 m2 de superficie y 2,20 m de altura, ventana de cristal, puerta de aluminio y cubierta de poliéster) Obras no amparadas en la licencia CS 2009/196”.

Visto el informe emitido el 10.11.2012 por el TAG del Servicio, que se recoge en la parte dispositiva de este decreto.

Vistos los artículos de general aplicación, los artículos 105, 106 i 108 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II, III y IV del decreto 14/1994 de 10 de febrero (BOCAIB nº  21 de 17-02-94), por el cual se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el art. 4-1-h) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 98 de 28/06/05); el arte. 21 y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, modificada por la Ley 57/03 de medidas para la modernización del Gobierno Local; el arte. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB , y vistos los decretos de Alcaldía núm. 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de Gobierno, de  13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía núm. 5309 de 26 de marzo de 2012, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, y otra normativa aplicable, la instructora que suscribe, considera que el Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda, podría dictar el siguiente:     

1º- DESESTIMAR el recurso de reposición presentado el 04.10.2012 por el Sr. Crescencio Martín Najarro, contra el decreto de alcaldía nº 9416 de 28.05.2012 por el que se impone una sanción de 834,59 € por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle Cap de Formentor, 7, Esc 1, 5 RC 07236101022, consistentes en: “Ampliación realizada con bloques de hormigón sobre la terraza de la vivienda (2,50 m2 de superficie y 2,20 m de altura, ventana de cristal, puerta de aluminio y cubierta de poliéster) Obras no amparadas en la licencia CS 2009/196”.

AL CONSIDERAR QUE:

El recurrente indica que las obras se ajustan a la CS 2009/196 y discrepa de la descripción realizada.

Las obras denunciadas se encuentran descritas en el informe del celador municipal de 02.03.2009 y de acuerdo con el art. 22.2 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística, las actas levantadas por los funcionarios...en el ejercicio de las competencias propias en materia de disciplina urbanística darán fe en vía administrativa de los hechos que se reflejen en el mismo, excepto prueba en contrario. El mismo informe indica que la CS 2009/196 no ampara dichas obras y dado que no se han presentado pruebas en contrario cabe ratificar la descripción de las obras realizada.

EN CONSECUENCIA, los hechos alegados no desvirtúan las circunstancias probadas en la tramitación del presente procedimiento, es decir, la ejecución de obras sin la preceptiva licencia municipal, por tanto, se deben desestimar las alegaciones presentadas.

2º.- RATIFICAR el decreto recurrido en todos sus extremos.

Lo que le notifico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de acuerdo con los art. 109 de la Ley 30(92 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, art. 52 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y art. 45 y siguientes de la Ley 29/98  de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso- administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administratico, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación,  ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere oportunos.

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).

Palma, 4 de junio de 2013

 

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios

(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de  8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)

Elvira Salvà Armengod