Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11131
Disciplina: DS-2008/213 Notificación propuesta sanción

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Rafael Puigrós Rosselló, exp.núm. DS-2008/213 dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Rafael Puigrós Rosselló, de conformidad con las artes. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

PROPUESTA DE RESOLUCION

Que formula la Sra. Victoria Fernández Irigaray, instructora del expediente sancionador seguido contra el Sr. Rafael Puigrós Rosselló (DNI. 43.008.577-A), en calidad de propietario, de conformidad con lo dispuesto en los art.13, 14 y 15 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, así como arts. 35 a 39 y 72 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B.

Visto que por Consejo de Gerencia de Urbanismo, de 30.04.2012, se dispuso el inicio de expediente sancionador grave, al Sr. Rafael Puigrós Rosselló (DNI. 43.008.577-A), por la realización de obras sin licencia en el camino 140, núm. 222, RR 02300107, consistentes en: “cambio de cubierta +- 110 m2, repicado paredes, enlucido +- 80 m2, construcción cochera paredes ladrillo y forjado viga hormigón y bovedilla arcilla +- 80 m2. Construcción cochera paredes ladrillo y forjado viga hormigón y bovedilla arcilla +- 30 m2.”

Vistos los artículos de general aplicación, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II y  III del decreto 14/1994 de 10 de febrero, la instructora que subscribe formula la siguiente propuesta de resolución:

1º- DESESTIMAR las alegaciones presentadas el 22.10.2012 por el Sr. Rafael Puigrós Rosselló, contra el acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo de 30.04.2012 por el cual se inicia procedimiento sancionador por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en el Camino, 140, nº 222, RR 02300107, consistentes en: “Cambio de cubierta +-110 m2, repicado paredes, enlucidos +-80 m2. Construcción cochera paredes ladrillo y forjado viga hormigón y bovedilla arcilla +-30 m2”.

AL CONSIDERAR QUE:

Respecto a la disconformidad con la valoración efectuada, el recurrente no aporta ninguna documentación/valoración alternativa de las obras hechas sin la preceptiva licencia municipal, con el objetivo de desvirtuar la efectuada el 06.06.2008 por los Servicios Técnicos Municipales.

EN CONSECUENCIA, los hechos alegados no desvirtúan las circunstancias probadas en la tramitación del presente procedimiento, es decir, la ejecución de obras sin la preceptiva licencia municipal, por tanto, se deben desestimar las alegaciones presentadas.

2º.- PROPONER a D. Rafael Puigrós Rosselló (DNI. 43.008.577-A), en calidad de propietario, una sanción de DOCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS euros con SESENTA Y SIETE céntimos (12.692,67 €, 75 % sobre 15.994 euros y 5 % sobre 9.295,73 euros, Art 45 a y 46.1 de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB), por la realización de las obras sin la preceptiva licencia municipal, descritas anteriormente.

Le envío adjunta, propuesta de resolución para que de conformidad con el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, presente cuántas alegaciones, documentos u otros elementos que estimes oportunos en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la recepción del presente escrito, también puede consultar el expediente con la asistencia, en su caso, de los asesores que encuentre convenientes, y además, puede solicitar copia de los documentos que constan en el expediente en la forma legal o reglamentariamente establecida.

Una vez finalizado el mencionado plazo, se declarará terminada la fase de instrucción, y se cursará todo lo realizado al órgano competente para resolver el procedimiento de forma inmediata, de conformidad con lo que establece el art. 15 del mencionado decreto.

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).

 

Palma, 4 de junio de 2012

 

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios

(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)

 Elvira Salvà Armengod