Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10891
Procedimiento ordinario 0000243/2008 Sobre procedimiento ordinario
En PALMA DE MALLORCA, a veintinueve de Mayo de dos mil trece.
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
“SENTENCIA: 00145/2010
PROCEDIMIENTO: Juicio Ordinario número 243/2008
En Palma, a 6 de Julio de 2010.
Vistos por mí, JOSÉ GÁLVEZ PASCUAL, magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta ciudad, los presentes autos de Juicio declarativo >Ordinario número 243/2008 seguidos a instancia de LADRILLERÍAS MALLORQUINAS, S.A., representada por el Procurador D. Juan Reinoso y asistida por el Letrado D. Victor Sbert; contra la entidad SIMON COMESTIBLES, S.L., declarada en rebeldía; ha dictado EN NOMBRE DE S.M. EL REY la siguiente.
FALLO
QUE ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por el Procurador D. Juan Reinoso en nombre y representación de LADRILLERÍAS MALLORQUINAS S.L., contra la entidad SIMON COMESTIBLRS, S.L., declarada en rebeldía:
DEBO CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 14.671,68 euros más los intereses del artículo 5 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, CON EXPRESA IMPOSICIÓN DE LAS COSTAS DEL PROCEDIMIENTO a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolas saber que no es firme y que contra la misma cabe presentar en este Juzgado recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Palma (artículo 455 LECn).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 457.2 LECn).
Asimismo será precisa la consignación como depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del Juzgado, debiendo indicar en el resguardo de impreso que se trata de un recurso, señalando el código y tipo de recurso.
Inclúyase la presente en libro de sentencias poniendo en las actuaciones certificación de las mismas.
Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo”. SIGUE FIRMA.
Y como consecuencia del ignorado paradero de SIMON COMESTIBLRS, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.