Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10164
Despido/ceses en general 317/2012
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000317 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª AMALIA TERESA DIAZ ROBLES contra la empresa ABOY POTEL FERNANDO, sobre DESPIDO, se ha sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
QUE ESTIMANDO EN PARTE LA DEMANDA interpuesta por Dña. Amalia Teresa Diaz Robles contra el empresario D. Fernando Aboy Potel debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la trabajadora demandante efectuado con efectos de 9 de marzo de 2.012 por parte del empresario demandado, no habiendo lugar a la declaración de nulidad del mismo y, resultando imposible la readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonarle una indemnización de 2.796,65 €, declarando extinguida con fecha de hoy la relación laboral habida entre las partes.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ABOY POTEL FERNANDO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ISLAS BALEARES.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veinte de Mayo de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL