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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT

Núm. 11114
Aprobación tarifas piscina municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobado en sesión plenaria ordinaria del día 30 de Abril de 2013, aprobatorio de la Modificación de la Ordenanza sobre el uso de la Piscina Municipal del Municipio de Puigpunyent, el texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

‘Artículo 5 º

1. - Tarifa

Entradas por día:

 

Empadronados adultos

dos euros

Joven empadronado (de 15 a 25 años)

1,50 euros

Empadronados niños (hasta 14 años)

1,00 euros

No empadronados adultos

5,00 euros

No empadronados niños (hasta 14 años)

2,50 euros

No empadronados con residencia adultos

Se suprime

No empadronados con residencia niños

Se suprime

Abono mensual

 

Individual empadronados

20 euros

Individual empadronado niños

10 euros

Individual no empadronados

50 euros

Individual no empadronado niños

25 euros

Joven empadronado

15 euros

Familiar empadronados

40 euros

Familiar no empadronados

100 euros

Individual no empadronado residente adulto

Se suprime

Individual no empadronado residente niño

Se suprime

Familiar no empadronado residente

Se suprime

Abono por temporada

 

Individual empadronados

45 euros

Joven empadronado (de 15 a 25 años)

33,75 euros

Individual empadronado niños

20 euros

Individual no empadronados

112,50 euros

Individual no empadronado niños

50 euros

Familiar empadronados

80 euros

Familiar no empadronados

 200 euros

Individual no empadronado residente adulto

Se suprime

Individual no empadronado residente niño

Se suprime

Individual no empadronado residente

Se suprime

  

2.-Bonificaciones.

Se contempla la unidad familiar como conjunto de personas unidas por línea de consanguinidad ascendente o descendente de primer grado, independiente de su número.

Los pensionistas y las personas con minusvalía tendrán una reducción del 50%, tanto en los abonos como en las entradas, presentando la tarjeta sanitaria

Se entenderá por Empadronados todas las personas inscritas en el padrón municipal de habitantes.

Se suprime se concepto de residente ya que lo que se intenta es fomentar el empadronamiento a fin de que se pueda incrementar la población oficial del Municipio

Establece el abono joven desde el 15 a los 25 años ambos inclusives, los cuales pagarán un 25% de la cuota de adulto empadronado. Solamente se aplicará a jóvenes empadronados.

La cuota infantil entenderá de aplicación desde los 4 a los 14 años ambos inclusives

       Será gratuita la entrada para niños de 0 a 3 años ambos inclusive.

La presente modificación entrará en vigor transcurridos quince días desde su publicación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de conformidad con el artículo 103 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares. Contra el presente acuerdo, se puede interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Puigpunyent a 5 de Junio de 2013

 

El Alcalde Presidente

Firmado Gabriel Ferrà Martorell