Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 11103
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 4 de junio de 2013 por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo de procedimiento ordinario n.º 120/13-TSJ, interpuesto contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el “Plan de ordenación de los recursos humanos que integra el personal de la Gerencia del Complejo Hospitalario de Mallorca en los Servicios Centrales y en las gerencias territoriales del Servicio de Salud”
Los señores Francesc Miquel Albertí Homar y Antoni Truyols Bonet y la señora Catalina Lourdes Vich Martorell interpusieron un recurso contencioso- administrativo (autos n.º 120/2013, que se siguen por el procedimiento ordinario en la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares) contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el “Plan de ordenación de los recursos humanos que integra el personal de la Gerencia del Complejo Hospitalario de Mallorca en los Servicios Centrales y en las gerencias territoriales del Servicio de Salud” (BOIB n.º 21/2013, de 12 de febrero).
1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
2. El artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Por todo ello, dict la siguiente
1. Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo (autos n.º 120/2013, que se siguen por el procedimiento ordinario en la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares) para que puedan personarse como demandadas ante este tribunal en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución.
2. Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo establecido se las considerará como parte —sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el procedimiento— y que, si no se personan, el procedimiento seguirá y no será procedente hacerles ninguna otra notificación.
Palma, 4 de junio de 2013
El director general
Miquel Tomàs Gelabert