Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE CIUTADELLA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE CIUTADELLA
Núm. 10456
Ejecución de Títulos Judiciales 67/2013
D. RAFAEL LIZÁN RUFILANCHAS, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de CIUTADELLA DE MENORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES nº 67 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de AITOR ORFILA DOMINGUEZ contra MACU MENORCA SL se ha dictado Auto nº 18/13 en fecha 24/05/13 de inadmisión de ejecución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: No ha lugar a despachar la ejecución interesada, por encontrarse la entidad ejecutada MACU MENORCA SL en situación de concurso. Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda y sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución y archívense las actuaciones previa baja en el Libro correspondiente.
Póngase en conocimiento del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.(ART. 186 Y 187 LPL)
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a MACU MENORCA SL, expido e presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOIB.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto que ponga fin al procedimiento o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.
En CIUTADELLA DE MENORCA, a veinticuatro de Mayo de dos mil trece.
EL SECRETARIO JUDICIAL