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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Núm. 10968
Publicaciones de comunicaciones y/o resoluciones de percepciones Indebidas de prestaciones por desempleo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Remisión de notificación de percepción indebida de prestaciones por desempleo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92

Por esta Dirección Provincial se ha iniciado Expediente Administrativo para el reintegro de prestaciones por desempleo indebidamente percibidas, contra los interesados que a continuación se citan y los motivos que así mismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.

Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que deberán reintegrar dicha cantidad indebidamente percibida en la cuenta núm. 0049 5103 71 2516550943 de el Banco Santander  a nombre de este Organismo debiendo devolver copia del justificante de ingreso a su Oficina de Empleo.

De no estar conforme con lo anterior deberá formular por escrito ante el Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal las alegaciones que estime pertinentes en el  plazo de 10 días de acuerdo con lo dispuesto en el art. 33.1 a) del Real Decreto 625/85,  del 2 de Abril.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán a su disposición  por el  plazo de 10 días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.

 

Palma de Mallorca, 29 de mayo de 2013

LA DIRECTORA PROVINCIAL
Sonia Barranco Álvarez

 

 

Relación de notificación de percepción Indebida de prestaciones por desempleo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92

Interesado

NIF/NIE

Expediente

Importe

Período

Motivo

HRDOS. DE LLABRES MARIMON MIGUEL

 43023026P

07201300000363

170,40

19/12/2011 30/12/2011

DEFUNCION

HRDOS. DE MATL LEOPOLD

 X3130802L

07201300000376

71,00

26/09/2011 30/09/2011

DEFUNCION

HRDOS. DE LOPEZ TREJO JAIME

 41450409Q

07201300000350

184,60

18/12/2011 30/12/2011

DEFUNCION

BORRAS MONJO RAFAEL

 41730024C

07201300000717

951,40

24/10/2012 30/12/2012

JUBILACION

HRDOS. DE MARTINEZ JIMENEZ JOSE LUIS

 80120566C

07201300000378

85,20

25/01/2011 30/01/2011

DEFUNCION

GOMEZ BAREA LAUREANO

 24064095T

07201300001638

454,40

29/12/2012 30/01/2013

JUBILACION

MBANG MBA JEREMIAS

 X7842966N

07201300000318

241,40

14/09/2012 30/09/2012

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

HRDOS. DE PALACIOS GARCIA JOSE MARIA

 74494622Z

07201300000370

198,80

17/02/2012 29/02/2012

DEFUNCION

MORENO GARCIA ANTONIO

 41404619L

07201300000724

1.107,60

13/10/2012 30/12/2012

JUBILACION

HRDOS. DE CHAQUI SAFI MOHAMED

 43209454K

07201300000368

596,40

19/11/2011 30/12/2011

DEFUNCION

ZAHARIA MIOARA

 X4629208K

07201300000815

170,40

19/09/2012 30/09/2012

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

VILLAMAR VERDESOTO WALTER JUVENAL

 X3112742Z

07201300001697

112,48

23/11/2009 30/11/2009

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

MONTERO MARTIN RAFAEL

 43201314T

07201300000813

14,20

30/11/2012 30/11/2012

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

SANZ MEDINA MARIA MATILDE

 76194243G

07201300000903

298,20

10/10/2011 30/10/2011

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

CHAPACA FARINANGO MARGARITA

 45695634Q

07201300000326

170,40

19/09/2012 30/09/2012

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

BAKARY FOFANA

 X6787229K

07201300000324

113,60

23/10/2012 30/10/2012

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL. SUSPENSION 1 MES

CORREA SIERRA CECILIA

 42978008R

07201200053259

1.959,60

28/11/2011 15/04/2012

SUSPENSION DEL SUBSIDIO POR SUPERACION DEL LIMITE DE RENTAS ESTABLECIDO