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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 10931
Informe propuesta sobre la caducidad de los derechos y su incorporación a la Reserva Regional de Derechos de Plantación de Viña de las Islas Baleares de la parcela 193, del polígono 5 del término municipal de Santa Maria del Camí.

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 10 de noviembre de 2003 (registro de entrada núm. 13958/2003), el Sr.. Jose Antonio Barrientos Huerta con NIF11318598E, solicitó el arranque de 3.440 m2 de viña para derecho de replantación de la parcela 193, del polígono 5, del término municipal de Santa María del Camino, según el expediente arrabio- 27/03.

2. En fecha 18 de noviembre de 2003, se resolvió favorablemente la generación de 3.440 m2 de derechos de replantación o sustitución, a la parcela 193, del polígono 5 del término municipal de Santa María del Camino.

3. Según el artículo 13, de la Orden del Consejero de Agricultura y pesca de 25 de abril de 2002, por la que se regula la aplicación de la normativa comunitaria y estatal en materia de plantaciones y replantaciones de viñedo y del Registro Vitícola: Los derechos de replantación, tanto los generados por el arranque de una plantación propia explotación como los adquiridos en virtud de una transferencia, deben utilizarse antes de que termine la octava campaña siguiente a aquella durante la cual se ha procedido al arranque previamente declarada.

No obstante, en caso de los derechos adquiridos por una transferencia, éstos deben utilizarse antes de que termine la segunda campaña desde la autorización de la transferencia sin que, en ningún caso, se pueda superar el plazo establecido en el párrafo anterior.

El titular no ha presentado ninguna solicitud de autorización de plantación ni de transferencia. Es por eso que los 3.440 m2 de derechos de viñedo correspondientes a la parcela 193, del polígono 5 del término municipal de Santa María del Camino, han caducado y no se pueden utilizar.

4. De acuerdo con el artículo 2.f de la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 22 de enero de 2007, se integrará el derecho a la Reserva Regional de Derechos de Plantación de Vid de las Islas Baleares.

Fundamentos de derechos

1. Orden de la Consejera de 25 de abril de 2002, por la que se regula la aplicación de la normativa comunitaria y estatal en materia de plantaciones y replantaciones de viñedo y del Registro Vitícola.

2. Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 22 de enero de 2007, se integrará el derecho a la Reserva Regional de Derechos de Plantación de Vid de las Islas Baleares.

3. La Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y el Vino.

4. El Reglamento (CE) n. 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea la organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM).

5. El Reglamento (CE) n. 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola.

6. El Reglamento (CE) n. 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) n. 479/2008 del Consejo.

7. El Reglamento (CE) n. 491/2009, del Consejo, de 25 de mayo de 2009, que modifica el Reglamento (CE) n. 1234/2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM).

8. El Reglamento (CE) n. 436/2009 de la Comisión, de 26 de mayo de 2009, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n. 479/2008 del Consejo en lo que respecta al registro vitícola, a las declaraciones obligatorias ya la recopilación de información para el seguimiento del mercado, a los documentos que acompañan al transporte de productos ya los registros que se deben llevar en el sector vitivinícola.

9. El Real Decreto 461/2011, de 1 de abril, que modifica el Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, de aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español, el Real Decreto 1303/2009, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y, el Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

10. Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio de 2008, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

Por todo ello,

PROPONGO

1. Declarar la caducidad de 3.440 m2 de derechos sobrantes de viña correspondientes a la parcela 193, del polígono 5 del término municipal de Santa María del Camino.

2. Integrar este derechos caducados en la Reserva Regional de Derechos de Plantación de viña de las Islas Baleares.

3.Notificar esta Propuesta de Resolución a la Sr. Jose Antonio Barrientos Huerta con NIF11318598E, como persona interesada en el procedimiento.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se pone de manifiesto el citado expediente para que, en un plazo de diez días, alegue y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

Palma 10 enero 2013

Vist-i-plau,

El cap de Servei d’Agricultura

Andreu Juan Serra

 

La Ingeniera Técnica Agrícola

Sonia Mayordomo Moreno