Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 10898
Aprobación definitiva de la modificación puntual 5/2012 de las NNSS. de Andratx, de la delimitación de la unidad de actuaicón UA/5PA
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Se hace público que el Pleno de esta Corporación Municipal reunido en sesión ordinaria día 30 de mayo de 2013, entre otros, ha adoptado el siguiente acuerdo:
“ 6º) APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL 5/2012 DE LES NN.SS DE ANDRATX, DE LA DELIMITACIÓN DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN UA/5PA.
Una vez analizadas las alegaciones, se ha procedido a modificar y ampliar el texto de la Memoria, para que recoja de forma más exacta los razonamientos sobre el objeto del procedimiento que se han expuesto en el presente informe.
Por todo esto, se propone al Pleno del Ayuntamiento, previo dictamen de la Comisión Informativa, la adopción de siguiente acuerdo, el cual tendrá que ser adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta de número legal de miembros de la Corporación:
PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas dentro del plazo de información pública de la Modificación Puntual 5/2012 y comunicar esta desestimación a las personas interesadas.
SEGUNDO.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual 5/2012 de las NNSS de Andratx, consistente en la delimitación de la Unidad de Actuación UA/PA- Cala Moragues, y la definición del sistema de cooperación para su desarrollo, de acuerdo con el procedimiento regulado en los artículos 14.2 y 15.2 de la Ley 7/2012, de 13 de junio.
TERCERO.- Publicar este acuerdo de aprobación definitiva en el BOIB, haciendo saber que contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación del presente acuerdo; o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo. Si se interpone recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Contra la nueva ordenación urbanística aprobada definitivamente se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación del presente acuerdo.
Así mismo, se puede interponer cualquier otro recurso de se estime oportuno.
Todo esto de conformidad con lo que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
CUARTO.- Publicar en la página web municipal la documentación necesaria para poner en conocimiento de la ciudadanía la nueva ordenación aprobada definitivamente.
QUINTO.- Comunicar la nueva ordenación aprobada definitivamente al Archivo Central de Urbanismo y al Consell Insular de Mallorca."
Andratx, 6 de junio 2013.
El Regidor Delegado del Área de Urbanismo.
José Antonio Olivares Salvà.