Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 10840
Notificación de las resoluciones de los expedientes sancionadores instruidos por la Consejería de Turismo i Deportes
Puesto que no ha sido posible notificar las resoluciones de los expedientes sancionadores que se relacionan a continuación, instruidos por la Consejería de Turismo y Deportes por presuntas infracciones administrativas en materia de turismo, en ejecución de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que también se indican a continuación que se ha decidido declarar que es procedente sobreseer las actuaciones iniciadas contra estos expedientes sancionadores, declarar la inexistencia de responsabilidad i archivar los presentes expedientes sancionadores.
Expediente número: 166/12
Titular: Baleares Tennis y Acktiv Camps, SL
Empresa: Apartamentos Tennis y Sport Club Paguera
Ultimo Domicilio: Urb. Paguera – Solar, 57-61 de Paguera, Calvia
Fecha: 8 de mayo de 2013
Se comunica que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la CAIB, y el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, se puede interponer recurso potestativo de reposición frente al órgano competente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo en el plazo de dos mesas a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Palma, 24 de mayo 2013
El secretario general
Por delegación del consejero de Turismo y Deportes
(Resolución de 08-07.11; BOIB núm. 111 de 21.07.11)
Joaquín Legaza Cotayna