Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 10833
Resolución de la Consejera de Administraciones Públicas por la que se publica la convocatoria y las bases para proveer mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo de Viceintervención clase segunda del Ayuntamiento de Palma
Hechos
1. La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior del Ayuntamiento de Palma de Mallorca, mediante la Resolución de fecha 17 de abril de 2013, aprobó las bases y la convocatoria para proveer de manera definitiva, mediante el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de Viceintervención clase segunda del Ayuntamiento de Palma de Mallorca, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal de la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada.
2. El Ayuntamiento de Palma de Mallorca cumple las condiciones establecidas legalmente para convocar mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo mencionado para que la ocupe un funcionario con habilitación de carácter estatal de la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada.
3. El director general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios emitió la propuesta de resolución correspondiente en fecha 24 de mayo de 2013.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 28.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, establece que el Presidente de la Corporación debe aprobar las bases de la convocatoria para cubrir los puestos de trabajo de libre designación. El apartado 2 de este artículo establece que la convocatoria corresponde al Presidente de la Corporación, el cual lo remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente para la publicación en el diario oficial y la remita al Ministerio de Administraciones Públicas (ahora Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) en el plazo máximo de diez días con una referencia precisa del número y la fecha del diario en que se ha publicado.
2. El artículo 9 a del Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye el ejercicio de la competencia en materia de funcionarios con habilitación de carácter estatal en la Consejería de Administraciones Públicas, mediante la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las lles Balears de la convocatoria y las bases (anexo) para proveer mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo de Viceintervención clase segunda del Ayuntamiento de Palma de Mallorca reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal pertenecientes a la subes Intervención-Tesorería, categoría de entrada.
2. Enviar la convocatoria al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo máximo de diez días, con una referencia precisa del número y la fecha del diario en que se haya publicado.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución - que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 / 1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción.
Marratxí, 27 de mayo de 2013
La Consejera
Maria Nuria Riera Martos
ANEXO
BASES
1. Forma de provisión
La convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de viceinterventor se rige por el sistema de libre designación, según lo que disponen los artículos 27 a 29 del RD 1732/1994, de 29 de julio, con las modificaciones introducidas mediante el Decreto 834/2003, de 27 de junio, sobre selección y provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, y la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público.
2. Objeto de la convocatoria
La convocatoria tiene por objeto la provisión por el sistema de libre designación definitiva del puesto de trabajo de viceinterventor, cuyas características, según la Relación de puestos de trabajo y la plantilla de personal, vigentes, aprobadas por el Pleno de la corporación en sesión de 20 de diciembre de 2012, son las siguientes:
Puesto de trabajo | F10050001 |
Denominación: | viceinterventor |
Tipo de puesto: | singularizado |
Escala: | habilitación estatal |
Subescala: | intervención-tesorería |
Categoría: | entrada |
Nivel: | 30 |
Complemento específico mensual: | 2.426,45 euros |
Número de puestos: | 1 |
3. Requisitos
Ostentar la condición de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la subescala Intervención-tesorería, categoría entrada.
4. Participación
Pueden participar en la convocatoria los funcionarios con habilitación de carácter estatal que cumplan los requisitos para desarrollar este puesto de trabajo al cual se hace referencia en el apartado anterior.
5. Solicitudes y plazo de presentación
Las solicitudes tienen que presentarse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE, con el currículum del aspirante, cuyas circunstancias han de acreditarse de forma fehaciente para el que resulte elegido.
6. Resolución
El presidente de la corporación, en su caso, una vez constatado que concurren los requisitos exigidos en la convocatoria, dictará la resolución correspondiente, en el plazo del mes siguiente a la fecha de finalización del de presentación de solicitudes; dará cuenta de ello al Pleno de la corporación y trasladará la resolución al órgano competente de la Comunidad Autónoma para que la publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y la envíe al ministro de Administraciones Públicas para su anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado.
7. Plazo posesorio
El plazo posesorio y la toma de posesión se regirán por lo que establece el artículo 23 del Real decreto 1732/1994.
8. Norma supletoria
Para todo lo que no prevén estas bases, regirá lo que disponen la Ley 7/1982, de 2 de abril, reguladora de las Bases del régimen local, y el Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo de la Administración local reservados a funcionarios con habilitación estatal.