Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 10745
Notificación r.b.454-13 sancionador residuos
Intentadas sin efecto las notificaciones por correo certificado con acuse de recibo, y no habiendo podido efectuar por ignorarse el domicilio o no haberse encontrado en el mismo a los interesados que se relacionan, se procede en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Algaida de la siguiente:
"Resolución de Alcaldía núm.454-13
Visto y considerando el presente expediente administatiu sancionador sobre infracción de la Ley 22/2011, de 28 de juio de residuos y suelos contaminados (BOE núm.181 de 29.07.11), de acuerdo con la atribución que confiere el artículo 21.1 . n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril y considerando,
I.Antecedents de hecho.
Primero.-En fecha 8 de marzo de 2013 se incoó el presente procedimiento administrativo sancionador contra (datos personales ocultos) por una infracción consistente en dejar abandonado en la vía pública el vehículo indicado. La incoación se notificó mediante publicación en el BOIB de fecha 13/04/2013, dado que intentada la notificación en su domicilio, no se pudo practicar y al interesado y contra la misma no se presentó escrito de alegaciones.
Matrícula |
Marca/Model |
Titular |
IB1001DK |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
Segundo. - De los documentos obrantes en el expediente y de las actuaciones llevadas a cabo por la policía local, han quedado probados y acreditados los hechos expuestos en el antecedente de hecho primero.
II.Fundamentos de Derecho.
Primero. - De las actuaciones practicadas en el presente expediente y valorando las pruebas que obran en el mismo, permiten estimar acreditado que los anteriores hechos son constitutivos de una infracción tipificada en el artículo 46.4.b) de la Ley 22/2011, de 29 de julio, en relación al artículo 71.bis) de la ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo)
Segundo.-La sanción aplicable es de multa de 601'02.-Euros, art.47.1.c) de la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados.
Tercero-Si está de acuerdo con la resolución, puede abonar el importe de la multa dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, a: A) Tesorería Municipal, B) a la cuenta "Ayuntamiento de Alaró" de La Caixa, Sa Nostra, Banesto o Banca March, indicando el número de expediente, C) Giro Postal, indicando el número de expediente. Transcurrido este plazo sin que se haya efectuado el pago voluntario de la sanción, se hará efectiva mediante el procedimiento ejecutivo y la vía de apremio (art. 21 del Reglamento aprobado por RD 320/1994, de 24 de febrero), incrementando la multa con un 20% de recargo más costes.Al mismo tiempo el responsable podrá solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del importe de la multa (artículos 48 a 58 RD 1684/1990, Reglamento General de Recaudación, indicando: nombre y apellidos , número de identificación fiscal, domicilio, causas que motivan la solicitud de fraccionamiento, plazos, condiciones y garantía que se ofrece. Significando que todo aplazamiento o fraccionamiento del importe de la multa tendrá un interés de demora equivalente al interés legal (4'50%) en el cómputo anual.
Por todo ello,
El Alcalde resuelve imponer a (datos personales ocultos) una sanción consistente en una multa de 601'02 € "
Lo que se hace público para su conocimiento y efectos.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.
b) El recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.
Alaró, 4 de junio de 2013
El Secretario,
Jaume Nadal Bestard