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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 9826
Notificación de embargo de Bienes Inmuebles. Exp. 600/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calviá, contra el obligado al pago WHITERAGE REAL ESTATE SOCIEDAD LIMITAD con C.I.F. B57303174, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:

“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos el obligado al pago WHITERAGE REAL ESTATE SOCIEDAD LIMITAD con C.I.F. B57303174 habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

DECLARO EMBARGADO, como propiedad del deudor, el inmueble que a continuación se describe:

FINCA REGISTRAL 12241 TOMO 4256 LIBRO 1417 FOLIO 79 CALVIA 1.

URBANA: Casa VIVIENDA UNIFAMILIAR, tipo chalet, compuesta de planta baja y planta de piso, la planta baja comprende hall, estar-comedor, dos dormitorios, dos aseos, cocina, despensa, lavadero y trastero, con una superficie construida de CIENTO SETENTA Y NUEVE METROS, TREINTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS;  y porche cubierto que mide ochenta y nueve metros cuadrados. La planta piso contiene el hueco de la escalera de acceso, cuatro dormitorios , pasillo y dos cuartos de baño, con una superficie total construida de CIENTO CINCO METROS TREINTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS, dos porches cubiertos que miden ambos veinticuatro metros cincuenta y dos decímetros cuadrados y dos terrazas. También comprende una planta garaje que mide TREINTA Y CUATRO METROS SESENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS. Y una piscina de ciento doce metros cuadrados de superficie de espejo. La casa tiene su frente en la Avendia del Mar, en donde se halla señalado con el número 45 de policía urbana. Edificado sobre una porción de terreno solar, sita en el término municipal de Calvià,, procedente de la llamada "Ses Penyes Rotges", conocida  hoy por Urbanización El Toro, que comprende los solares 125 y 126 del plano de la referida urbanización. Mide el solar DOS MIL SETENTA Y CUATRO METROS CINCUENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS. Linda: por el frente, en línea curva de sesenta y nueve metros, con la Avenida del Mar; por la derecha entrando, en línea de treinta metros, con el solar número ciento veintisete-A; por la izquierda, en línea de treinta y seis coma treinta metros, con la calle de la Isla; y por el fondo, en línea de treinta y siete metros, con los solares doscientos veinte y ciento cuarenta.

En la conjunción de las dos citadas vias se forma un chaflán de siete metros.

DERECHO DEL DEUDOR SOBRE LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA: pleno dominio de esta finca,  según escritura de Compraventa de  fecha 12 de enero  de 2005 ante el Notario de Palma de Mallorca D. Carlos Jiménez Gallego.

IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana de los ejercicios 2010, 2011 y 2012 y Recogida y Eliminación de Basuras de los ejercicios 2010, 2011 y 2012.

Importe del principal de la deuda   6.352,10 €

Recargos de apremio ordinario   1.270,42 €

Intereses de demora   425,25 €

Presupuesto para gastos y costas del procedimiento   250,00 €

TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS   8.297,77 €

A deducir la cantidad de 38,66€ por diligencia de embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito o de depósito.

TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 8.259,11€.

De este embargo se practicará Anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Calviá, núm. 1, a favor del Ayuntamiento de Calviá. Calviá, a 09/04/2013, La Tesorera Accidental, Jefa del Servicio de Recaudación, Margalida Vaquer Manresa”

Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.

Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.

Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.

La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.

La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Can Vich, 14 de Calviá a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

 

Calviá, a 16 de mayo de 2013

Teniente Alcalde de Economía y Hacienda
(Delegación por decreto de Alcaldía de 14/06/2011)
Cristina Tugores Carbonell

La Tesorera Accidental
Jefa del Servicio de Recaudación
Margalida Vaquer Manresa