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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 10721
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades y presidenta del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del 27 de mayo de 2013 por la cual se deniegan ayudas para transporte y/o becas para personas con discapacidad y ayudas a la conciliación dirigidas a trabajadores prioritariamente desocupados que participan en programas específicos de formación para colectivos vulnerables de la convocatoria de 8 de septiembre de 2009

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Texto

Hechos

1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de una acción formativa dirigida a trabajadores prioritariamente desocupados que participan en programas específicos de formación para colectivos vulnerables, han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, en el marco de la Resolución de la consejera de Trabajo y Formación de 8 de septiembre de 2009 (BOIB nº. 133, de 12 de septiembre).

2. Una vez examinadas estas solicitudes se ha considerado que tienen que ser objeto de denegación por los motivos que se exponen en el anexo I de esta Resolución. 

Fundamentos de derecho

1. El Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) fue creado mediante la Ley 7/2000, de 15 de junio (BOIB nº. 80, de 29 de junio), modificada por la Ley 8/2004, de 23 de diciembre (BOIB nº. 186, de 30 de diciembre), y para la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2010 (BOIB nº. 189, de 29 de diciembre). La finalidad del SOIB es planificar, gestionar y coordinar las políticas de ocupación, con funciones concretas de informar, orientar e interceder en el mercado laboral, así como de fomentar la ocupación en todas las vertientes y de desarrollar la formación profesional para la ocupación.

2. De acuerdo con los apartados g e i del artículo 15.2 del Decreto 30/2001, de 23 de febrero, de constitución y régimen jurídico del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB nº. 28, de 6 de marzo), modificado por el Decreto 9/2005, de 28 de enero (BOIB nº. 17, de 1 de febrero), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº. 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.

5. La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008), por la cual se despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el cual se regula el subsistema de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiarla (BOE nº. 67, de 18 de marzo de 2008).

6. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE nº. 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 17 de abril).

7. Mediante la Resolución de la consejera de Trabajo y Formación de 8 de septiembre de 2009 (BOIB nº. 133, de 12 de septiembre), se convocan a los alumnos de estos cursos para que presenten solicitudes de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación En el apartado 4 del anexo II se regulan los importes de las becas para personas con discapacidad desocupadas, de las ayudas para transporte y manutención y de las ayudas para manutención y alojamiento y de ayudas de conciliación. En el apartado 5 del mismo anexo se dispone que la resolución de concesión y denegación se tiene que publicar en el BOIB y en el tablero de edictos del SOIB.

8. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

9. El Decreto ley 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000 (BOIB nº. 119, de 6 de agosto), dispone que el SOIB queda adscrito a la consejería competente en materia de educación.

Por todo eso, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte y/o de becas para personas con discapacidad, y/o de ayudas a la conciliación para trabajadores prioritariamente desocupados que participan en programas específicos de formación para colectivos vulnerables en el marco de la Resolución de la consejera de Trabajo y Formación de 8 de septiembre de 2009 (BOIB nº. 133, de 12 de septiembre)., a las personas que figuran en el anexo I de esta Resolución y por los motivos que se exponen en el mismo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de 'haber-se publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. 

 

Palma, 27 de mayo de 2013 

 

La presidenta del SOIB

Por delegación de competencias

(Resolución de 07/05/13 BOIB núm. 73, de 23 de mayo)

 

La Directora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares

Francisca Ramis Pons

  

ANEXO I

BECAS DE TRANSPORTE DENEGADAS

DNI/NIE

SOLICITANTE

CURSO

MOTIVO

Y0264324E

GEOVANNY R. CUCHIPE AYALA

1320/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

41521013X

MONICA RAMOS MARTINEZ

1322/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

Y0372175A

OYEMUGA OLATOUM OMOBEMI

1325/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

45696279V

ANGELA PATRICIA RIOS PINTO

1329-30/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

X8895336V

ORIANA MAYEDING BORRAS SANCHEZ

1332-33/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

43171127N

LUIS GODOY AMENGUAL

1334/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

46953863F

ARANZAZU TRUJILLO SILES

1341/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

 

 

BECAS DE DISCAPACIDAD DENEGADAS

DNI/NIE

SOLICITANTE

CURSO

MOTIVO

41521013X

MONICA RAMOS MARTINEZ

1320-22/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

43171127N

LUIS GODOY AMENGUAL

1334/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

BECAS DE CONCILIACIÓN DENEGADAS

DNI/NIE

SOLICITANTE

CURSO

MOTIVO

X2746993B

MUJINGA MBOYO FATOU

1323/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X5440102G

YAGARE KANTE

1323/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43088454R

CARMEN CORTES RODRIGUEZ

1323/09

NO TENER HIJO/S MENOR/ES DE 6 AÑOS

X7687299D

CESAR EDGAR GARCIA BAZAN

1324/09

NO TENER HIJO/S MENOR/ES DE 6 AÑOS

X4537570S

ANGIE B. ROMERO BOHORQUEZ

1324/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

Y0372175A

OYEMUGA OLATOUM OMOBEMI

1325/09

ESTAR OCUPADO/DA AL INICIO DEL CURSO

X5452900Z

RITA OVENJERI OSAKAPMWEN

1326/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X27588411Z

ESEWI EDO OSAGIE

1326/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X2646485J

PRINCESS OSHEKU

1327/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X8771298H

VENELINA MINKOVA ILIEVA

1328/09

NO TENER HIJO/S MENOR/ES DE 6 AÑOS

X4722883V

ADENIYI LATIFAT OLAGUNJU

1330/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43073390W

OSCAR MORALES GARCIA

1332/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

47255257D

FATIMA AHAMIDAN BEN CHEBTIT

1342/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

41449876N

FRANCISCA MOYA TUR

1342/09

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

41450829E

MARGARITA PLANELLS TUR

1342/09

SUPERAR EL 75% DE L’IPREM

52202498L

GENOVEVA RUBIO HARO

1342/09

SUPERAR EL 75% DE L’IPREM